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484 ALEJANDRO DE VILLALMONTE 7. La tortura, los castigos irreversibles no pueden conseguir el restablecimiento del orden moral, que siempre exige colaboración libre del castigado. Y menos el orden religioso, es decir, la recon­ ciliación personal del hombre con Dios, ¿qué finalidad buena podrán tener los castigos infernales? San Agustín, tan sensible y preocupado por el orden, la justicia, y por la belleza que de ambos resulta, dice que los condenados son «hermosamente colocados en el infierno». Sirven allí para resaltar el orden, la belleza trascenden­ te del universo, según se decía en la Edad Media 30. 8. Sin embargo, no es aceptable para le fe cristiana decir que Dios, a los injustos, los castiga positivamente con los tormentos eternos del infierno. Dios no admite, excluye a los injustos del Reino de los cielos, pero no les impone un castigo positivo ulte­ rior. Aunque así parece exigirlo la «teología pena» de la que luego hablaremos. Sobre el acontecimiento global de la condenación hay que dar una explicación que llamaremos «antropológica-psicológi- ca», es decir, fundada en el desarrollo inmanente de las leyes que rigen el ser y obrar del propio ser humano. En vez de una expli­ cación «teológica» que postula la intervención positiva de Dios, cas­ tigando positivamente al culpable. Sin embargo, es obvio que, sea cual fuera la situación de los excluidos del Reino, no puede ocu­ rrir sino bajo la providencia de Dios. Por eso hay que añadir: la intervención de Dios en la condenación del injusto y en la instau­ ración de «infierno» clásico es la siguiente: consiste en no dar-ya otra oportunidad de salvación al que la rechazó. Es decir, la acción de Dios, lo que suele llamarse la manifestación de la ‘ira de Dios’ 30 San Buenaventura hace suyas unas palabras de Agustín, donde dice que los condenados son «bellísímamente colocados en el infierno- - pulcherrime locan- tur in inferno , Col. In Hex. I, n. 34; Opera Quaracchi V, 335a. Pues de su castigo resultan otras bellezas, como dice san Agustín. La explicación que da san Buena­ ventura es esclarecedora del hecho de que la idea de culpa, castigo, justicia vigen­ te entre los juristas (en la justicia legal, política) es aplicada al orden religioso, a la justicia ejercida por Cristo juez: «El sexto medio es el de la justicia, excelso y hemo- sísimo por la recomposición judicial. Este medio será Cristo en el juicio (final) Este medio lo considera el jurista o político, a fin de que sea hecha la retribución según los méritos. Este medio embellece todo el mundo, porque las cosas deformes las torna bellas, las bellas en más bellas y las más bellas en bellísimas. De donde dice Agustín que los condenados «bellísímamente son colocados en el infierno».

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