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LA IDENTIDAD CAPUCHINA EN LOS ANALES. 119 al estar a la orilla del río, el convento se inundó y los capuchinos que allí vivían se trasladaron a Santa Eufemia 283. En otra ocasión, cuando los capuchinos fueron expulsados de Roma, «... con afecto no menos tierno de otra segunda madre, comentó a solicitar con el Papa, que los bolviesse á la Ciudad, al principio escriviendole, y despues partiéndose á hablarle personalmente, juntando sus dili gencias con las de la Duquesa de Camerino» 284. También interce dió, después de haber hablado con Ochino, para que se celebrase el Capítulo General de 1535 pero no logró convencer a fray Luis para ello 285. La aportación de estas dos mujeres les valió el apelativo de «madre de la religión». Boverio habla de Catalina Cibo como la que «alimento (a la nueva reforma capuchina) como madre desde su nacimiento, y que abrigandola en el seno de su protección, la redi mió no sola una vez de gravissimas calamidades...» 286 Y también considera a Victoria Colonna como «madre de la Orden de los capu chinos» 287. Por lo que toca a María Longa, su aportación no aparece tan detallada en la Crónica, solamente se nos dice que «... aquella matrona nobilissima hospedo a los primeros religiosos de la refor mación que entraron en Nápoles» 288. Esta última destacará más por su vida virtuosa y por su fama de santidad. — Vida virtuosa y signos d e san tidad : Catalina Cibo resplan dece por el ejercicio de los signos de piedad, lo que hacía que su palacio siempre estuviese lleno de pobres y necesitados 289. De Vic toria Colonna no se narra directamente ninguna de sus virtudes, pero con lo dicho hasta ahora de su linaje y de su aportación a la fundación capuchina es suficiente. María Longa es la agraciada con mayores virtudes y signos de santidad. Fundamentalmente puso en práctica su vida virtuosa con todo tipo de trabajos que llevó a cabo 283 Lib. 2, cap. II, n. 8, p. 64. 284 Lib. 5, cap. IX, n. 54, p. 221. 285 Id., cap. XII, nn. 77-78, p. 229. 286 Lib. 3, cap. XI, n. 51, p. 132. 287 Asseldonk, Le réforme, 162. 288 Lib. 7, cap. II, n. 12, p. 306. 289 Lib. 3, cap. XI, n. 58, p. 135.
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