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438 ALEJANDRO DE VILLALMONTE inverso en el plano teológico y rige lo que yo llamaría teología penal. Supongo que cuando nos hemos reunidos aquí para hablar del mito de la pena, es por motivo de esta teología penal. Más con­ cretamente, es por motivo de la muerte de esta teología penal en la predicación cristiana y en toda nuestra cultura. El hombre moder­ no no comprende ya de que se hable cuando se define el pecado original como de un crimen jurídicamente imputable, en el cual la humanidad entera estaría implicada como una masa, culpable y punible según las categorías jurídicas del crimen, estar condenado a muerte según la ley jurídica de la pena: esto nosotros no lo com­ prendemos. Sin embargo, esta teología penal parece indisoluble­ mente ligada al cristianismo, al menos en una primera lectura. La cristología toda entera se inscribe en el cuadro de la teología penal, por el doble canal de la expiación y de la justificación. Estos dos lugares teológicos están ligados a la pena por las más fuertes de la ataduras racionales. La muerte del Justo es interpretada como el sacrificio de una víctima sustitutoria que satisface a la ley de la pena. ‘Él ha sufrido por nosotros’ quiere decir que él ha pagado por noso­ tros el precio de un antiguo crimen. Diré más abajo que esta inter­ pretación puramente penal no cubre totalmente el misterio de la Cruz y que la teoría de la satisfacción es solamente una racionali­ zación de segundo grado de un misterio cuyo centro no es el casti­ go sino el perdón »21 (la cursiva es mía). Esta teología de la pena, como indica Ricoeur, ha tenido amplia vigencia en la soteriología, en la antropología teológica, en la doctrina sobre Dios, en el campo de la sacramentología, en la teología del purgatorio, en la teoría de las indulgencias, en la ascesis, en la espiritualidad cristianas. Nos basta aquí llamar la atención sobre la importancia decisiva que esta teología de la 27 Le mythe de la peine, pp. 13-42. El texto se publica también en «Interpréta­ tion du mythe de la peine», en Le conflit des interprétations: Essais d ’hermenétique, Paris: De Seuil 1969, pp. 348-369. Sobre el tema de la teología de la pena pueden verse también las reflexiones de P. Prini, L o scisma sommerso, Garzanti 1999, pp. 47-74. Con específica referencia a la categoría de lo infernal (su abuso en la pastoral), a la disciplina penitencial de la Iglesia católica, a la moral/religiosidad del miedo cultivada con exuberancia por moralistas y pastoralistas durante siglos. P. Prini quiere llamar la atención para que esta situación, basada en la teología de la pena, sea del todo superada.

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