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314 FRANCISCO DE ASÍS CHAVERO BLANCO do original desde la prospectiva de las ciencias de la evolución3 y de las nuevas filosofías de corte personalista 4, han hecho ver que las viejas doctrinas hamartiológicas no pueden mantenerse, al menos de forma acrítica, como un datum inamovible para la teología actual. Uno de los errores de la presentación clásica del tema era proceder desde una noción ya predeterminada de pecado para pre­ guntarse si tal noción se encuentra ya en la tradición teológica. Una filosofía que pone como centro del hombre la libertad y la decisión personal hace destacar el contraste que supone la tara del pecado de una persona que se pierde en la noche de los tiempos. En los últimos años los cambios han sido más radicales que en los quince siglos anteriores 5. La necesidad de una renovación de las doctrinas tradicionales venía también pedida por el Magisterio de Pablo V I6. logique 87 (1965) 688-726; 88 (1966) 581-602; D. Fernández García, «Doctrina del Con­ cilio de Trento sobre el pecado original», en El pecado original, XXIX Semana Espa­ ñola de Teología (Madrid, 15-19 sept. 1969), Madrid, CSIC, 1970, 259-293; Z. Alsze- g h y - M. Fuck, «II decreto tridentino sul peccato originale», en Gregorianum 52 (1971) 595-635; M. Flick - Z. Alszeghy, El hombre bajo el signo del pecado..., 153-204. Estos autores presentan sintéticamente las fases de la evolución en las interpretaciones que se han hecho del decreto de Trento, cf. pp. 154-160; J. M. Rovira Belloso, Trento. Una interpretación teológica (Colectánea San Paciano), Barcelona 1979. El tema del pecado original en pp. 101-152; A. de Villalmonte, «Qué “enseña” Trento sobre el pecado origi­ nal», en Naturaleza y Gracia 26 (1979) 167-278. Villalmonte ha sintetizado su propio pensamiento, en su valiosa y valiente obra, Cristianismo sin pecado original, Salaman­ ca, Ediciones Naturaleza y Gracia, 1999, 81-99. Hay que reconocer que Trento presenta la doctrina del pecado original como una doctrina secundaria, subordinada a la reden­ ción de Cristo, que afecta a todos los hombres. De lo que trata es de explicar debida­ mente esta verdad. Es innegable que el decreto de Trento está condicionado por la exé- gesis y la teología de su tiempo y este horizonte histórico y cultural no puede ignorarse. 3 Cf. Z. A lszeghy - M. F uck , «II peccato originale in prospettiva evoluzionistica», en Gregorianum 47 (1966) 201-225. 4 Cf. Z. A lszegh y - M. F lick , «II peccato originale in prospettiva personalistica», en Gregorianum 46 (1965) 705-732; 47 (1966) 201-225. 5 Así lo pensaba A. de V illalm onte al comentar dos obras actuales: H. M. Kós- ter , Urstand. Fall und Erbsünde in der katholischen Theologie unseres Jahrbundests (Eichstátter Studien. N. F., 16) Regensburg, Pustet, 1983) y Urstand. Fall und Ersün- de. Von der Reformation bis zum Gegenwart (Handbuch der Dogmengeschichet, Band II, fasz 3c), Freiburg-Basel-Wien, Herder, 1982; A. de V illalm o n te , «El pecado original en su historia», en Naturaleza y Gracia 36 (1986) 162. 6 Pablo VI hablaba de la necesidad de una renovación y señalaba seis puntos que deberán mantenerse en toda hipótesis católica que quisiera explicar con menta-

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