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LA ESCLAVITUD EN EL MUNDO ANTIGUO 785 Aunque toda esta formulación con facilidad puede ser someti da a un juicio crítico, nos corresponde sólo presentar un pensamien to que será utilizado en siglos posteriores para justificar una serie de prácticas concretas. 1.2. El c o n c epto d e esclavitud en R oma Aunque la esclavitud se practicó con gran profusión en la Anti güedad, fue la sociedad romana la que más se valió de ella para sus propios fines. Los esclavos constituían un núcleo indispensable para el funcionamiento de la sociedad. Por el año 200 d. C. se encuentra en su máximo auge. A diferencia de los griegos, que prefirieron esclavizar a los no helénicos, para los romanos los esclavos podían provenir de cualquier raza o condición social. El estado de guerra equivalía a la negación absoluta de todo derecho para la persona perteneciente a aquel pueblo con el cual Roma no había llegado a un pacto. La condición jurídica del escla vo no era diversa de la de Grecia. El esclavo no tenía derechos ni capacidad jurídica, era considerado como un objeto para comerciar. El dueño ejercitaba sobre él derecho de propiedad absoluto, podía hacer uso de él como de cualquier otra cosa material. El esclavo no tenía nacionalidad, ni patria, ni familia, ni nom bre propio, no podía contraer matrimonio legítimo y sus relaciones sexuales no producían familia. 1.2.1. Cansas de la esclavitud En la disciplina de la ley romana, los hombres se dividen en libres y esclavos. Esclavo es el hombre al que la norma positiva —no la naturaleza— priva de libertad. Su destino es servir al hombre libre y éste destino define su estado personall6. El esclavo se halla deter minado a servir de modo permanente, sólo cesa su status cuando se pone por obra una declaración de libertad. 16 «Et libertas quidem est, ex qua etiam liberan vocantur, naturalis facultas eius, quod cuique facere libet, nisi quod vi aut iure prohibetur»: Digesto, lib. 1, tít. 3, n. 1; «Servitus autem est constitutio iuris gentium, quas quis dominio alieno contra naturam subiicitur»: Digesto, lib. 1, tít. 3, n. 2.
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