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COMUNIDAD Y CONSTITUCIÓN EN EL JOVEN HEGEL 539 una discusión sobre las realidades de la vida política de su entorno que le va a llevar a exponer lo que él entiende por un estado basa­ do en un sistema político con estructuración propia. A su juicio, «el sentimiento de que el edificio del estado es insostenible, tal como existe ahora, es general y está profunda­ mente enraizado»; consiguientemente, son «ciegos» aquellos que «creen que las instituciones, las constituciones, las leyes que ya no concuerdan con las costumbres, las necesidades y las opiniones de los hombres y de las cuales el espíritu ya ha huido pueden seguir subsistiendo y... que las formas por las cuales el entendi­ miento y los sentidos ya no tienen interés son suficientemente poderosas como para constituir el vínculo de unión de un pue­ blo...» 12. Éste sería el problema general de fondo, tal como lo des­ cribió en 1798, en el ensayo sobre Württemberg. Las relaciones entre el pueblo y la constitución se han roto, porque el espíritu común (Gem eingeist) ha huido de las estructuras sociales. A esto se debe que la conciencia no pueda estar satisfecha ni con el anti­ guo orden de cosas, ni con los vestigios que de él quedan en el presente. Dicho de otro modo, faltando el «espíritu común» falta una condición previa para el ejercicio de la «voluntad común» de los ciudadanos en la esfera pública. De modo inmediato, semejante situación puede explicarse contrastando los epígonos del sistema feudal en cuanto sistema político y social, con el nuevo orden de la sociedad emergente, tal como Hegel comienza por hacer en CA: «Todos los fenómenos de esta época muestran que la satisfacción no se encuentra ya en la vida antigua —ésta consistía en limitarse a un dominio ordena­ do sobre su propiedad, a una contemplación y a una fruición de su mundo pequeño y completamente sumiso, y luego también consistía en una autoaniquilación y en una elevación del pensa­ miento hacia el cielo que conciliaba esa limitación. Ahora, por un lado, la necesidad de la época ( d ie Not d e r Zeit) ha afectado a aquella propiedad; por otro lado, sus dones en forma de lujo han superado aquella limitación, convirtiendo al hombre en ambos casos en un señor y haciendo que su poder sobre la realidad lle- 12 Dass die Magistrate, Lasson. 151 (v. nota 3).

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