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COMUNIDAD Y CONSTITUCIÓN EN EL JOVEN HEGEL 557 En razón de todo lo expuesto, resulta evidente que, para Hegel, el estado y la organización política representan un vínculo fuerte entre los ciudadanos, aunque no un vínculo absorbente, ya que, aparte de los fines principales de la defensa de la comuni­ dad, los restantes asuntos de la vida se dejan al criterio de los indi­ viduos. No es conveniente, por tanto, que el estado se cuide de todas las cosas, ni que esté excesivamente centralizado, «con tal que quede asegurado el poder político» (l. c.), pues la forma de la organización política que constituye la esencia del estado es un sistema altamente diferenciado. En cambio, los que defienden que el estado es un mecanismo con un resorte único que imparte el movimiento a todo el resto de la infinita cadena podrán sostener que todas las instituciones sociales deben partir y estar dirigidas por la autoridad suprema. La crítica al estado-máquina se encuentra, como es sobrada­ mente conocido, en los orígenes del idealismo postkantiano, tal como quedó recogida en el Más an tiguo p rog ram a d e sistema d el idealism o alem án (1796), sobre cuya autoría existen documentados estudios 29. También en CA existen formulaciones muy explícitas de una crítica muy similar: «Cuán seca y falta de espíritu es la vida engendrada en un estado moderno de tal clase, donde todo está reglamentado de arriba a abajo, donde nada que tenga una faceta universal se deja a la gestión y ejecución de las partes del pueblo que están interesadas en ello —en un estado como en el que se ha convertido la República francesa— lo hemos de experimentar en el futuro, si se puede mantener el tono de pedantería de los gober­ nantes. Pero qué vida y qué aridez reinan en otro estado igualmen­ te reglamentado —en el prusiano— sorprende a todo aquel que pise la primera aldea del mismo, o que considere su completa falta de genio científico y artístico, o que no estime su fuerza por la efímera energía que un genio individual ha sabido insuflar durante una época» (WK 1, 484s.). Así como Hegel critica la concepción teórica 29 El texto está recogido en las obras de Hegel, Hölderlin y Schelling: véase D okum ente zu Hegels Entwicklung, ed. J. Hoffmeister, Stuttgart 1936, 219-221; J. Ch. F. Hölderlin, Sämtliche Werke, ed. F. Beissner/A. Beck, Stuttgart 1943, IV, 297-9; F. W. J. Schelling, Briefe und Dokumente, ed H. Fuhrmans, Bonn 1962, I, 69-71.

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