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COMUNIDAD Y CONSTITUCIÓN EN EL JOVEN HEGEL 549 <de un pueblo» (WK 1, 537s.). Por lo cual, manifiestamente, sea cual sea la valoración que pueda otorgarse a la religión y a las costum bres de un pueblo, éstas se encuentran a un nivel distinto del poder político y del derecho del estado. En tercer lugar, lo que implica la organización de una defensa y un poder político comunes debe comprender una doble vertien te, que atañe a los principios y a la realidad. El sistema de dere chos no puede apoyarse únicamente en las leyes, ni únicamente en los hechos. Con otras palabras, la realidad —en este caso, un estado determinado— no es un puro hecho ni se puede compren der como tal, antes bien tiene que adecuarse a su concepto. Pero no en el sentido de que el concepto tenga un carácter normativo, sino en cuanto que la realidad se explica y se comprende como siendo lo que es y lo que debe ser en tanto que ella misma se eleva al concepto —o, con la terminología de Hegel en esta época, a la «idea» (v. WK.l, 457), por consiguiente, a la idea de estado. Lo que no se adapte a la idea, dice ya Hegel, no puede ser conside rado como real (wirklich). Literalmente, esto entraña que la vida política debe poder ser pensada con arreglo a conceptos universa les, con arreglo a leyes. De este modo, Hegel se opone a la interpretación de que los conceptos —y, por tanto, las leyes— están regidos por la necesi dad, mientras que los acontecimientos están regidos por el azar. También cuestiona el supuesto de que los conceptos son instrumen tos intermediarios entre los hechos y la libre interpretación subjetiva de los mismos. La realidad política es un claro ejemplo de cómo han de ser conjuntadas ambas dimensiones y, sobre todo, de cómo la explicación de los hechos tiene que buscarse objetivamente en los principios a los que supuestamente se refieren. Dentro de este contexto, el lema: «Alemania ya no es un estado» ha de ser puesto en relación con este otro: «lo que ya no puede ser pensado en con ceptos, ya no es» («Was nicht mehr begriffen kann, ist nicht mehr», WK 1, 461), tal como lo hace Hegel en la Introducción que escribió a finales de 1802 21, lamentándose de que el asunto ni siquiera era ya objeto de discusión. 21 Véase K im m erle , 44 (v. nota 4).
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