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66 MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ Orden, por ser considerado excesivamente prepotente l62. El mismo Ludovico consigue del papa una nueva convocación de la asam blea al año siguiente, con la única intención de recuperar él el gobierno l63. Todo su trabajo fue inútil ya que los ochenta y tres capitulares eligen como vicario general a Bernardino de Asti y como consejeros a Juan de Fano, Francisco de Jesi, Bernardino Ochino, Antonio de Monteciccardo, Eusebio de Ancona, Bernardino de Montolmo, Simón de S. Angelo y Jerónimo de Montepulciano. Des pués del capítulo general de 1535 un equipo de hermanos, encar gado por el capítulo general, comienza a trabajar en la elaboración del texto constitucional. Las líneas de trabajo debieron ser propuestas por el capítulo gene ral y la redacción quedó en manos de la comisión, a sabiendas de que contaban con un nutrido grupo de hermanos con experiencia de gobierno y una sólida formación franciscana. Ya no se trataba del pri mer grupo de hermanos movidos más por buenas intenciones que por una claridad de ideas y conceptos sobre el trabajo que deberían desempeñar. La influencia de los descalzos españoles y su austeridad de vida bajo un talante eremítico, la espiritualidad equilibrada de las Constituciones de Narbona (1260), el dinamismo apostólico y la pre sencia material en las necesidades de la sociedad de los observantes italianos, así como la pretensión de acercarse radicalmente a Francisco de todos los franciscanos, suponen para los capuchinos un campo especialmente abonado para la elaboración y desarrollo de la Fraterni dad. Así lo expresa F. Elizondo: «No se pueden olvidar los distintos movimientos reformistas franciscanos aparecidos en Italia, Francia y España durante los siglos XV y XVI; por lo menos, como fuentes para lelas, con el fin de aproximarnos a una mayor clarificación de la genui- na espiritualidad capuchina. Especial mención merecen, entre ellos: el villacreciano del siglo XV, con su iniciador Pedro de Villacreces 162 Cf. F. E l iz o n d o , «Las Constituciones capuchinas de 1536. Texto, fuentes, lugares paralelos«, en Estudios Franciscanos 83 (1982) 148. Será esta la edición que utilice para las Constituciones de 1536. 163 Cf. M ariano D ’A latri , «Ludovico Tenaglia nel Capitolo 1535/36 secondo gli antichi cronisti cappuccini», en Ludovico da Fossombrone e..., 227-236; J. L. R o d r í g u e z , «La identidad capuchina a partir de los documentos y testimonios del primer siglo (1525-1560)», en Estudios Franciscanos 94 (1993) 209-234.
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