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144 MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ ejerzan el apostolado en pobreza y humildad, sin apropiarse el ministerio, de modo que quede patente a todos que solamente bus­ can a Jesucristo; mantengan aquella unión de la fraternidad que Cris­ to quiso de tal manera perfecta que el mundo conozca que el Hijo ha sido enviado por el Padre» 472. Para que este testimonio sea veraz es importante que los ministerios y servicios concuerden lo más posible con la identidad propia. Los ministerios deben ser transpa­ rentes y comprensibles para que no sea preciso explicar ningún tipo de ligazón con ellos. El abanico de posibilidades que se presenta es ingente pero precisa ser sometido a un criterio que expresan las Constituciones: «Aceptemos los ministerios y servicios en cuanto estén de acuerdo con nuestra vida de fraternidad o lo exija la nece­ sidad de la Iglesia y de los hombres» 473. Manteniendo los rasgos tradicionales del apostolado capuchi­ no, que se basa en el ejemplo y en las consecuencias que de él se derivan: una vida evangélica en verdad, sencillez y alegría 474, estima y diálogo con todos los hombres 475, evangelizando prefe- rencialmente a los pobres, pero también a los poderosos o a los responsables de los pueblos, solicitando en ellos auténticas actitu­ des que desarrollen y hagan crecer la paz 476, asumiendo todo ministerio que solicite de la Iglesia y de manera especial, aquellos que revistan especial dificultad 477. Siempre con el convencimien­ to y la seguridad que da el ser enviados por la fraternidad 478, dando todo lo mejor que hay en cada uno y si fuera preciso, hasta la propia vida 479. El Consejo Plenario de Garibaldi lo expresa en estos términos: «privilegiar siempre nuestro mensaje de fraterni­ dad y de espíritu comunitario en todos nuestros encuentros y ser­ vicios a los hombres, favoreciendo sobre todo el respeto, la com­ prensión y el diálogo fraterno con todos (Const. 97ss> 480. 472 Const. 154,3. 473 Const. 77,2. 474 Cf. Const. 145,2. 475 Cf. Const. 145,3 476 Cf. Const. 145,4. 477 Cf. Const. 145,5. 478 Const. 145,6. 479 Const. 145,7. 480 V CPO 28.

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