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IDENTIDAD DEL CAPUCHINO, COMO HERMANO MENOR.. 107 dad concreta analizando las características necesarias para que este desarrollo sea dinámico y armónico321. En el punto segundo abor­ da el tema de la fraternidad (nn. 20-45), se comienza afirmando la igualdad de todos los hermanos en la Fraternidad 322: «Todos los hermanos son iguales (Const. 73; 101). Por lo mismo a todos ha de darse igual oportunidad para desarrollar cada uno sus dotes y caris- mas personales, en la propia condición, para el servicio de los demás, tanto dentro como fuera de la fraternidad» 323. Se señalan medios concretos para que la igualdad entre todos los hermanos sea veraz: que el noviciado se desenvuelva sin ningún tipo de dis­ tinción entre clérigos y laicos; que en el tiempo de la formación inicial tenga prioridad la formación religiosa y franciscana para lai­ cos y clérigos; que se proporcione a todos una formación adecua­ da a los servicios que ocupa; la participación de todos los herma­ nos en los servicios domésticos; la comunicación de bienes en la fraternidad local y provincial 324... Los representantes de la Orden en Quito piden que se vuelva a solicitar el permiso pertinente en relación con la Constitución 101, en estos términos: «El Consejo Ple- nario pide a los superiores generales que vuelvan a recurrir a la Santa Sede, guardada la regla de la discreción y oportunidad, para conseguir que los hermanos no clérigos puedan servir en todos los cargos de la Orden» 325. En el número siguiente explican las razo­ nes de esta petición: «El Consejo Plenario juzga que la respuesta negativa de la Sagrada Congregación de religiosos al número 101 de las Constituciones no se opone a que los superiores mayores eleven peticiones a la Santa Sede por medio del definitorio general para que, en casos particulares, un hermano no clérigo, de cualida­ des excepcionales, pueda ser designado para el cargo de superior, cuando lo aconseje el bien de la fraternidad» 326. Se insiste en buscar los medios eficaces para que los hermanos vivan en la fraternidad. Se deben poner los medios para que, por 321 Cf. I CPO, 1-4. 322 Para ver la evolución de este tema: Cf. Primer Consejo Plenario..., 357-370. 323 I CPO, 20; Cf. Primei * Consejo Plenario..., 230-233- 324 Cf. I CPO, 21. 325 I CPO, 22. 326 I CPO, 23.

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