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432 SATURNINO ARA muchas de esas concreciones aparecerán mejor recogidas en las Orde­ naciones, adaptables y renovables según el transcurso de los tiempos. Entendemos que sí es posible un enunciado de mayor apertura al mundo y a las gentes, pero en respeto a la peculiaridad del grupo o fraternidad, constituida en todo caso y siempre como grupo fami­ liar de oración, de trabajo en equipo y de servicio a la Iglesia y en ella al hombre. C a pítu lo VII VIDA DE PENITENCIA DE LOS HERMANOS El futuro normativo del capítulo VII de las Constituciones de los Hermanos Menores Capuchinos, capítulo que venía describien­ do la tradicional figura austera del capuchino, tampoco aparece fácil de elaborar, ante todo por el cambio padecido por la doctrina y, luego, por tratarse opciones a situar en tan diversas culturas, luga­ res, continentes y psicologías. Las pocas concreciones que pudieran ser objeto de regulación por parte de un texto legislativo concordado, tendrían mejor cabida en las Ordenaciones que en las Constituciones, pues aquéllas apare­ cen modificables y adaptables con una relativa facilidad. C a pítu lo VIII RÉGIMEN DE LA ORDEN O FRATERNIDAD Este capítulo VIII parece estar en lo cierto, cuando recoge y proyecta estructuras de organización que responden a un pasado que las experimentó y encontró eficientes. La aceptación e introducción de estructuras modernas, las actua­ les que se están experimentando y aceptando para la vida religiosa en general, ha hecho aparecer a nuestros legisladores o capitulares algo creativos, en cuanto decididos a hacer propias esas nuevas estructuras, admitidas por la ley y práctica universales, y enriquecer­ las con las peculiares características, las singulares del grupo y de la particular espiritualidad fraterno-franciscano-capuchina.

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