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EL PATRIMONIO ESPIRITUAL DE LOS HERMANOS. 225 criterios subjetivos, por no decir como la actuación de una menta­ lidad positivista. Téngase bien presente y en cuenta que las Constituciones, no obstante su carácter decididamente normativo, deben limitarse a con­ tener únicamente aquellas normas fundamentales sobre el gobierno del instituto y la disciplina de sus miembros, la incorporación y for­ mación de éstos, así como el objeto propio de los vínculos sagrados, canon 587 , lo que calificaríamos como el mínimo espiritual y organi­ zativo. Por encima de ese mínimo, cada instituto religioso podrá darse cuantas «exigencias» quiera. Pero fuera de las Constituciones, y sin caer en la contradicción, bastante frecuente entre quienes, hablan­ do de las Constituciones como norma de vida, rechazan esa normati­ va mínima y reclaman la regulación de nuevas exigencias que plas­ man en una exhuberante programación «espiritual», en la que, llegado el momento de concretizar y exponer las exigencias ascético-espiri- tuales, no raramente se limitan a recordar los mínimos de la vida cris­ tiana. Y esto en contraste con la programación de otros grupos ecle- siales que se exigen más horas de oración, reflexión, obras de solidaridad y caridad, etc. ¿Cómo presentar las Constituciones, pro­ yecto de vida, cuando se ha temido plasmar en normas las verdade­ ras exigencias de vida, la programación evangélica? Pedimos atención en el querer sostener esa idea que habla de que la Regla y las Constituciones ni pueden ni deben aparecer como textos legislativos, sino como la elaboración de unos principios de espiritualidad. No cabe duda que es muy conveniente hacer una clara distinción entre documentos espirituales y legales. La Regla y las Constituciones son unos documentos legislativos que, sin dejar de ser espirituales sobre todo, cuando su redacción ha sido lograda- mente jurídica, es decir, síntesis de espíritu y norma, se convierten así en auténtica regla o norma de vida 3. Nuestros Hermanos y amigos, como gusta precisar por algu­ nos religiosos, los capuchinos italianos que nos sorprenden y tan 3 «Anche il termine Regola cede il posto a quello più blando di Costituzioni (già in uso, per altro, da molti secoli, ma sempre in dipendenza della Regola)», C iar ­ d i , o. c., p. 136. Véase también J. M. R am bla , «El hombre de las Constituciones como prolongación del hombre de los ejercicios», en Manresa 70 (1997) 359-372.

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