PS_NyG_1998v045n002p0221_0253

EL PATRIMONIO ESPIRITUAL DE LOS HERMANOS. 231 Ha llegado el momento de poner todo el esfuerzo a fin de poder vivir el Evangelio y, en particular, el seguimiento de Cristo en clave franciscano-capuchina, pero en el mundo cambiante y cambiado, aunque sin olvidar el pasado, tradición o memoria, aceptando, a un mismo tiempo y con reconocimiento, los nuevos conceptos y también las distintas realidades que afectan tanto al lenguaje de las Constituciones de los Hermanos Capuchinos como a su misma forma actual de vida y lenguaje, bien caracterizados por el compromiso de fidelidad a las expresiones del pasado y a la misma espiritualidad tradicional, así como a las expresiones dichas en términos de actualidad y en respuesta a la espiritualidad vivida en el hoy H. 1. LA OBLIGACIÓN JURÍDICA Y LA FACULTAD DE INTERPRETACIÓN DE LA REGLA Y DE LAS CONSTITUCIONES Las Constituciones de los Hermanos Menores Capuchinos, después de exponer la doctrina espiritual y dar la normativa dis­ ciplinar, cuya valoración propondremos, de forma sucinta, en el pun to siguiente, concluyen con un artículo dedicado a p resen ­ tar la obligación jurídica de la Regla y la facultad interpretativa de la misma. Se escribe en la constitución 183, 1: «En virtud de nuestra pro­ fesión estamos obligados a observar sencilla y católicamente la Regla de san Francisco confirmada por el papa Honorio». Discreta observación en torno a la obligación de la Regla, cuya concreción válida y actualizada la constituyen y son las Constitucio­ nes, como se afirma, de inmediato, en el punto tercero de la consti­ tución 183: «La Santa Sede, además, reconoce a los Capítulos gene­ rales la facultad de acomodar oportunamente la Regla a las nuevas circunstancias, con tal de que dichas acomodaciones adquieran fuer­ za de ley mediante su aprobación». 14 Véase S. M c F a g u e , Modelos de Dios. Teología para una era ecológica y nuclear, Salamanca 1994, en particular, una nueva sensibilidad, p. 21 ss.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz