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RECEPCIÓN DE LA «ORDINATIO SACERDOTALIS» 37 Papa: «Jesús es el único Evangelio: no tenemos otra cosa que decir y testimoniar» (n. 80). Esto es lo que pedimos y deseamos. Que nos anuncien a Jesús y su Evangelio íntegramente y sin manipulaciones. Si así se hiciera, no tendríamos dificultades. 11. La infalibilidad es un arma sumamente peligrosa que no debiera usarse sino en casos de suma gravedad y cuando se trata de verdades o normas fundamentales para la fe cristiana o para la vida de la Iglesia. Casi siempre que se ha dado una definición dog mática, han surgido divisiones y cismas. Esto sucedió ya en el pri mer Concilio ecuménico de Nicea (325). Después de este concilio, además de los que representaban la doctrina ortodoxa (los hmou- sianos) y de los arrianos radicales que rechazó el concilio (los ano- meos), surgieron otros grupos intermedios que no admitían la doc trina de Nicea: los homeos y los homoiusianos. Después del Concilio de Efeso (431) se consolidó el nestorianis- mo y surgieron los monofisitas. Para el equilibrio cristológico fue nece sario el Concilio de Calcedonia (451). Este concilio, en el canon 28, confirma el canon 3 del primer Concilio de Constantinopla (381) y concede el primado sobre todo el Oriente al Patriarca de Constantino pla, la nueva Roma 56. En torno al Concilio de Calcedonia, además de los monotelitas, se crearon los grupos de calcedonenses radicales y neocalcedonenses. Y dando un salto de siglos, la denición de la infalibilidad del Papa en el Vaticano I dio origen a los veterocatólicos. Incluso des pués del Vaticano II, que no quiso pronumnciar ninguna definición infalible, surgió el grupo de M. Lefébvre, que pervive hasta nuestros días. 12. Estos hechos nos invitan a la reflexión y a la moderación. Si consideramos serenamente y desapasionadamente la historia, creo que podríamos admitir que las últimas definiciones dogmáticas no eran necesarias y no han reportado frutos de vida cristiana a la Igle sia. Durante 19 siglos la Iglesia había vivido sin una definición del primado romano y de la infalibilidad del Papa. Ya se creían estas verdades y bastaba la fe de la Iglesia, de los concilios ecuménicos y 56 Conc. Oec. Decreta (ed. de 1962), can. 28, pp. 75-76.
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