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EL OTRO EN LA FENOMENOLOGÍA TRASCENDENTAL.. 243 imagen, ni con una conciencia que sea puramente representativa. En la conciencia de imagen el objeto aparece en persona soportan do una relación de analogía con el sujeto de la imagen. Así toda conciencia de la imagen implica el soporte de ésta y es así como el análisis inmanente de la conciencia de imagen muestra que una conciencia presenta el objeto para otra conciencia. Si se identifica la conciencia del Otro con la conciencia de imagen podemos admitir entonces que son mis propias vivencias las que funcionan como soportes de las del otro. Con esta identificación el Otro ya no sería un ego constituido en un mundo propio como unidad psicofí- sica, un ego que actúa y gobierna sobre su persona y que puede situarse en el mundo primordial bajo la forma de un ego absoluto. El ego ajeno se convertiría, por esta conciencia de imagen, en una presentación de mí mismo cuya presencia debe entrelazar la apre- sentación del otro y después la presentación de su cuerpo como cuerpo propio cualquiera. «Supongamos ahora que otro hombre entra en nuestro ámbito perceptivo, reducido a lo primordial; esto significa que en el ámbito perceptivo de mi naturaleza primordial aparece un cuerpo físico que, en tanto que primordial, es, natural mente, tan sólo un fragmento de determinación de mí mismo, “tras cendencia inmanente”. Como en esta naturaleza y en este mundo mi cuerpo vivo es el mismo cuerpo físico que está y que puede estarlo —constituido originariamente como cuerpo vivo— (como órgano que actúa), ese cuerpo físico de allí, que está, sin embargo, aprehendido como cuerpo vivo, tiene que poseer este sentido por una transparencia aperceptiva a partir de mi cuerpo vivo, y en un modo, además, que excluye la comprobación realmente directa —y, por tanto, primordial— , la comprobación por percepción auténtica de los predicados de la corporalidad viva específica. Es cosa clara desde un principio que tan sólo una semejanza que vincule dentro de mi esfera primordial aquel cuerpo físico de allí con mi cuerpo físico, puede suministrar el fundamento de la motivación para la aprehensión “analogizante” del primero como otro cuerpo vivo»35. El conocimiento del Otro no puede ser el conocimiento de una forma específica de su entidad o un conocimiento que se limite a 35 MC, § 50, pp. 173-174.
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