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DIFUSIÓN Y PRÁCTICA DE LA FE 79 compromiso misionero de la Orden, regulado en el artículo primero del mismo capítulo XII, parece ser la misma que puede tener con el capítulo IX: «Vida apostólica de los hermanos», o con cualquier otro de los doce capítulos que constituyen el texto completo de las Cons­ tituciones. San Francisco, que en la Regla bulada, capítulo XII, habla de los que quieren ir entre los sarracenos y otros infieles, recuerda allí la obediencia al Papa y la fidelidad a la Iglesia. Por eso el capítulo XII de las Constituciones de los Hermanos Menores Capuchinos incluye un segundo artículo que orienta la vida de fe de los hermanos y la fidelidad a la Iglesia, instituida por Cristo. No se habla aquí de las normas de la Iglesia y fidelidad a las mismas. Se da por adquirido y superado el grado de madurez que presupone el respeto de las nor­ mas. Lo que aquí se recuerda es el iter que los hermanos deben seguir, si quieren ser fieles a su vocación 105. D on d e la fe (const. 180) «1. Como verdaderos discípulos del Señor e hijos de san Francisco, con la ayuda de la divina gracia conservemos firme­ mente hasta el final la fe que hemos recibido de Dios por medio de la Iglesia; profundicemos en ella con recto criterio y sumo empeño y apliquémosla más plenamente a la vida. 2. Pidamos a Dios con asidua oración el aumento de este don inestimable y vivamos en íntima comunión con todo el pue­ blo de Dios. 3. Guiados por el Espíritu Santo, ofrezcamos testimonio de Cristo en todas partes y a quienes nos lo pidan demos razón de nuestra esperanza de la vida eterna»106. 105 Compárense los distintos enfoques que, en sus comentarios a las Constitu­ ciones, dan los hermanos Ricci y Rizzatti. Éste comienza por recordar la fidelidad a la normativa. Aquél insiste en el «aprecio» de la fe recibida y transmitida por la Igle­ sia. Cf. R icci , II «Patrimonio spirituale» delle Costituzioni dei Frati Minori Cappucci­ ni, o. c., p. 147, y C. R izzatti , Riflessioni sulle Costituzioni dei Frati Minori Cappuc­ cini, Roma 1990, p. 176. 106 Constitución 180, 1-3.

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