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DIFUSIÓN Y PRÁCTICA DE LA FE 79 compromiso misionero de la Orden, regulado en el artículo primero del mismo capítulo XII, parece ser la misma que puede tener con el capítulo IX: «Vida apostólica de los hermanos», o con cualquier otro de los doce capítulos que constituyen el texto completo de las Cons tituciones. San Francisco, que en la Regla bulada, capítulo XII, habla de los que quieren ir entre los sarracenos y otros infieles, recuerda allí la obediencia al Papa y la fidelidad a la Iglesia. Por eso el capítulo XII de las Constituciones de los Hermanos Menores Capuchinos incluye un segundo artículo que orienta la vida de fe de los hermanos y la fidelidad a la Iglesia, instituida por Cristo. No se habla aquí de las normas de la Iglesia y fidelidad a las mismas. Se da por adquirido y superado el grado de madurez que presupone el respeto de las nor mas. Lo que aquí se recuerda es el iter que los hermanos deben seguir, si quieren ser fieles a su vocación 105. D on d e la fe (const. 180) «1. Como verdaderos discípulos del Señor e hijos de san Francisco, con la ayuda de la divina gracia conservemos firme mente hasta el final la fe que hemos recibido de Dios por medio de la Iglesia; profundicemos en ella con recto criterio y sumo empeño y apliquémosla más plenamente a la vida. 2. Pidamos a Dios con asidua oración el aumento de este don inestimable y vivamos en íntima comunión con todo el pue blo de Dios. 3. Guiados por el Espíritu Santo, ofrezcamos testimonio de Cristo en todas partes y a quienes nos lo pidan demos razón de nuestra esperanza de la vida eterna»106. 105 Compárense los distintos enfoques que, en sus comentarios a las Constitu ciones, dan los hermanos Ricci y Rizzatti. Éste comienza por recordar la fidelidad a la normativa. Aquél insiste en el «aprecio» de la fe recibida y transmitida por la Igle sia. Cf. R icci , II «Patrimonio spirituale» delle Costituzioni dei Frati Minori Cappucci ni, o. c., p. 147, y C. R izzatti , Riflessioni sulle Costituzioni dei Frati Minori Cappuc cini, Roma 1990, p. 176. 106 Constitución 180, 1-3.
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