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SERVICIOS Y TAREAS ECLESIALES DE LA MUJER EN LA IGLESIA.. 25 enfermos y el ayuno frecuente»41. En otros cánones las viudas son más bien objeto de asistencia caritativa 42. Mayor interés ofrecen los cánones de san Basilio (f 379). En tres cartas a su amigo Anfiloquio de Iconio, que pasaron a formar parte de las colecciones canónicas, da normas sobre las diaconisas, lo cual supone que se trata de una institución ya consolidada. Dice el canon 44: «La diácono que ha fornicado con un griego (pagano) será admitida a la penitencia, pero no será admitida a la ofrenda hasta el año séptimo, naturalmente si es que ella vive en castidad. En cuanto al griego que, después de haber profesado la fe cristiana, ha vuelto a recaer en la impiedad, es como el que retorna a su vómi to. Por lo que a nosotros respecta, nosotros no toleramos que el cuerpo de la diácono, cuerpo consagrado (al Señor) sirva a los pla ceres carnales»43. El interés de este canon es que la diaconisa pecadora debe hacer siete años de penitencia, pero no es depuesta, lo cual indica que no se considera como miembro del clero. Porque el diácono que comete un pecado de fornicación debe ser depuesto (canon 3) y no excomulgado para no imponer un doble castigo por la misma falta. Pero san Basilio añade a la norma jurídica una reflexión espiritual que agrava el pecado de la diaconisa: su cuerpo está consagrado al Señor y no puede profanarse con la unión carnal. Esta consagración proviene de su voto o compromiso de castidad, como interpretan acertadamente R. Gryson y A. M. Matimort44, y no de la ordenación, como piensan otros autores. Otro autor del siglo iv que se ocupó por extenso del sacerdo cio de la mujer y de las diaconisas es Epifanio de Salamina (f 403) que ya hemos citado más arriba. En Haer. 78 y 79 expone el caso 41 PO 31, 363. 42 Cánones 5 y 35; PO 31, 357 y 409. El canon 11 del concilo de Laodicea de Frigia repite la prohibición de ordenar a las viudas. Pero llama a las viudas «presbíti- das o presidentes» y se expresa en un lenguaje difícil que exigiría varias explicacio nes que no son necesarias para la cuestión que nos ocupa. Cf. G r y s o n , pp. 92-95; M a r t im o r t , pp. 102-103. 43 P. P. J o a n n o u , Discipline genérale antique (IF-Xv siécle), Grottaferrata 1962, t. 2, p. 136. 44 G r y s o n , o . c ., p. 91; M a r ti m o r t, o . c ., p. 104.
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