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24 DOMICIANO FERNÁNDEZ la Iglesia. Pero aquí se hace mención especial de las diaconisas. No se habla ciertamente en este caso de «reordenación». El concilio esta blece que las diaconisas, lo mismo que los clérigos, si han observa do buena conducta, podrán ser admitidas en sus repectivas funcio nes eclesiales, aunque no tengan la imposición de manos (Gryson) o puesto que no tienen ninguna imposición de manos (Martimort). Parece extraño que Nicea afirme que las diaconisas no tienen ninguna imposición de manos y que deben considerarse a todos los efectos como laicos, cuando hemos visto que muchos documentos importantes afirman lo contrario. La solución más cómoda es afir mar que el concilio de Nicea prohíbe la ordenación por la imposi ción de manos a las diaconisas herejes de los paulianistas, lo cual confirma que la ordenación por la imposición de manos era de uso general. Así lo interpreta A. A. Thiermeyer en su documentado estu dio sobre el diaconado femenino 40. En cualquier caso, pienso que no debiera maravillarnos que a principios del siglo iv un concilio ecuménico afirme que las diaconisas no reciben la imposición de manos y no forman parte del clero. Varios concilios regionales ante riores y posteriores y otros autores célebres afirman lo mismo. Pero con la misma sinceridad y honestidad hay que reconocer que el con cilio ecuménico de Calcedonia (451) afirma lo contrario. Muchas colecciones de cánones, de normas litúrgicas, de leyes imperiales y muchos otros Padres de gran relieve admiten sin género de duda que las diaconisas reciben la imposición de manos y forman parte del estamento clerical. Poco después del concilio de Nicea surgió en Egipto, entre 336 y 340, una colección llamada Cánones de Hipólito, porque se inspi ra en gran parte en la Tradición apostólica de dicho autor. Nunca se habla de las diaconisas, sino únicamente de las viudas y de las vírgenes. En todo caso el autor no es muy generoso en atribuirles servicios eclesiales. En el canon 9 establece que «no se ordene a las viudas, sino sencillamente que se ore sobre ellas, pues la ordena ción es para los hombres. La función de las viudas es importante por su dedicación a la oración frecuente, por el cuidado de los 40 A . A . T h ie rm e y e r, Der Diakonat der Frau, Theol. Quartalschrift 173 (1993) 226-236 en p. 231.
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