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EL PATRIMONIO ESPIRITUAL DE LOS HERMANOS. 41 cación social se intensifique en nuestra Fraternidad, procuren los superiores que los hermanos con aptitudes para ello puedan adquirir una adecuada preparación». Añade el punto cuarto: «Edúquese convenientemente a todos los hermanos en el uso responsable de estos medios de comunicación social, para que adquieran a través de los mismos un conocimiento correcto y pre ciso de la situación de la sociedad humana y de las necesidades de la Iglesia». Hay que buscar decididamente las formas más asequibles y efi caces para lograr que el mensaje del Evangelio esté presente en el mundo de la comunicación social. Por ello se dispone en el punto quinto de la constitución 153: «Ejerzan también gustosamente, aunando esfuerzos, el apos tolado de la prensa, en particular cuando se trate de la divulga ción de temas franciscanos; y se recomienda vivamente que en las provincias o naciones, y también en toda la Orden, se esta blezcan organismos con este fin». La constitución 153, que en todo su enfoque, ya en 1968, mani fiesta una visión de futuro, concluye con dos concretas disposiciones normativas, tomadas del vigente Codigo de Derecho Canónico, a saber, los puntos sexto y séptimo, disposiciones válidas para toda clase de actividades pastorales a las que puedan dedicarse los capuchinos. Dice el punto 6: «En lo referente a los medios de comunicación social, obsér vese el derecho universal; y téngase presente que se requiere tam bién la licencia del superior mayor cuando se trate de escritos sobre cuestiones de religión o de costumbre». Concluye el 7: «Los hermanos dispongan de los medios necesarios para desempeñar sus tareas, sin quebranto de la vida fraterna y tenien do en cuenta nuestra vocación franciscano-capuchina».
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