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32 SATURNINO ARA debe ser una actitud común o tarea ansiada por todos los herma nos, sin distinción alguna entre sacerdotes y no sacerdotes. De ahí que encontremos un algo clerical, se nos dispense por la expresión que venimos repitiendo en varias ocasiones, ese pedir el anuncio del perdón de los pecados, otra cosa es la administra ción del sacramento de la reconciliación, a sólo los hermanos sacer dotes. Dice el punto segundo de la constitución 149: «Los hermanos sacerdotes anuncien, con el espíritu de Cristo pastor, el perdón de los pecados mediante el sacramento de la reconciliación, y se ofrezcan de buen grado a oír las confesiones de los fieles, tanto más cuanto que se trata de un ministerio muy propio de los menores y practicado a menudo en favor de los hombres espiritualmente más pobres». Añade el punto tercero: «Resplandezcan en ellos el celo de la santidad de Dios y su misericordia, así como el respeto de la dignidad de la persona humana, la caridad, la paciencia y la prudencia». Concluye el punto cuarto: «Pongan empeño los confesores por progresar continuamente en el conocimiento de las pastoral y en la práctica correcta de su ministerio». Es de agradecer que las Constituciones, al «regular» la pastoral sacramental, den preferencia a un ministerio tan capuchino, pero «propio», sólo en estos últimos tiempos, como es la administración del perdón o sacramento de la reconciliación. No hubiera estado de más destacar otros sacramentos y la tarea de los hermanos laicos en este campo tan singular51. Una explicación de estas limitaciones o deficiencias apuntadas puede encontrarse en el hecho de que, en aquel preciso momento 51 El V Consejo Plenario de la Orden no estudia y trata la pastoral sacramental.
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