PS_NyG_1995v042n002p0007_0043

EL PATRIMONIO ESPIRITUAL DE LOS HERMANOS. 25 cada hermano, en estrecha colaboración con la organización pas­ toral establecida por la jerarquía eclesiástica». Se pide una mirada y actuación valorativa de las posibilidades de cada hermano y un gran respeto, no únicamente a la organiza­ ción pastoral jerárquica y en cuanto tal organización, lo cual es evi­ dente y elemental, sino en cuanto planificación de las tareas evan- gelizadoras descritas en los planes pastorales 39. Concluye la constitución 146,5 pidiendo que «los hermanos colaboren de buen grado en los trabajos e iniciati­ vas de otros institutos religiosos de la Iglesia». El canon 680 pide y exige algo más que una simple colabora­ ción, cuando habla de fomentar una ordenada cogperación entre los distintos institutos, así como también entre éstos y el clero secu­ lar, y la coordinación de todas las obras y actividades apostólicas, respetando el carácter, fin y leyes fundamentales de cada instituto. Y, a este respecto, el canon 708 recomienda la constitución de las Conferencias de superiores mayores que permitan una conveniente coordinación y cooperación de los diversos institutos religiosos entre sí y de éstos con las Conferencias episcopales, como con cada uno de los obispos40. 39 Desde tiempo atrás venimos llamando la atención sobre un modo de hablar, puede ser cuestión de términos, que se acentúa entre nosotros, a partir de la publi­ cación del documento final del V Consejo Plenario, que menciona el Plan pastoral de la Orden, n. 52. A nuestro juicio, la Orden no tiene por qué elaborar un Plan pastoral, en cuanto instituto religioso, sino unas líneas directivas de acción y activi­ dad, prioritarias, que ofrecer como aportación específica, a los Planes pastorales de las diversas Iglesias particulares o locales, y a tan diversos niveles como pueden ser el diocesano, zonal, parroquial, etc. Véase S. Ara, La inserción de los religiosos en las Iglesias locales, en Estudios Franciscanos, 95 (1994) 259-302. 40 Tocante a la constitución de las Conferencias de superiores mayores, lla­ man un tanto la atención expresiones como ésta: «Un secondo gruppo di suggeri­ menti era più specifico, più nuovo e ordinato a ll’animazione delle Conferenze dei Superiori Maggiori»; rivedere la terminologia in uso: «Conferenze dei Superiori Mag­ giori». Questa dizione, infatti, non sembra molto conforme alla terminologia nostra e sarebbe più conveniente introdure: Conferenze dei Frati cappuccini». Relación del ministro generai al capítulo de 1994, en AO 110 (1994) 248.

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