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24 SATURNINO ARA Nada especial nos dice este punto segundo de la constitución 146 que se contenta con transcribir algunas de las disposiciones básicas del vigente Código de Derecho Canónico acerca del apostolado de los institutos religiosos, contenidas en el capítulo V del libro II, «Del Pueblo de Dios», parte III, «De los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica». Analizando este punto segundo desde una visión de vida, posi­ blemente «casuística», experimentada vivencialmente, entendemos que la aprobación de los hermanos debe ser una atribución exclusi­ va de los superiores mayores. En cambio, el acceso, de buen grado, por parte de los hermanos, clérigos o no clérigos, siempre según el carisma, y la aceptación de la invitación al servicio del pueblo de Dios, se deja al juicio del superior y buen «sentido» de la fraternidad local38. La concreción preceptiva del punto tercero de esta misma cons­ titución 146 advierte que «corresponde al Capítulo provincial acomodar, garantizada nuestra identidad franciscano-capuchina, los trabajos apostólicos a las exi­ gencias de los tiempos, y al ministro provincial coordinar, con el consentimiento del definitorio, la vitalidad apostólica de la pro­ vincia». Y el punto cuarto precisa algo muy particular: «El superior de la Frateridad — con minúscula— , oído el Capí­ tulo local en los asuntos más importantes, distribuya los trabajos, teniendo en cuenta las necesidades de la Iglesia y la índole de vos propios, peculiares, carismáticos..., como el «mejor» modo de inserción en las iglesias particulares y Universal. 38 Cuando hablamos en términos de «descentralización» del discernimiento y decisión, en favor del superior y fraternidad, en modo alguno nos referimos a la concesión de los oficios (canon 682), que requieren un acuerdo escrito (canon 681), sino a la simple prestación de actividades que suelen ser, hasta ahora, predicación, suplencias en parroquias, horas de confesonario...; y mañana pueden convertirse, como ya lo son actualmente, en tantas casas y casos, intervención en colegios, catc­ quesis, obras de caridad y asistencia a enfermos y encarcelados, lo que se podría denominar un voluntariado, etc.

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