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LIBERTAD Y NECESIDAD SEGUN JUAN DUNS ESCOTO 271 bilidad de pecar, no es signo de libertad, sino de limitación. Una y otra vez, Escoto se apoya en los textos anselmianos, en los que aparece la recti tud como propiedad esencial de la voluntad libre, de manera que como dice san Anselmo: «posse peccare non est libertas»25. La voluntad infinita es la «prima rectitudo», no sólo porque su acto es siempre recto, sino porque ella es el fundamento de toda rectitud, hasta el punto de que, como señala Escoto, no es que ella quiera lo recto, sino que es recto y justo precisamente lo que ella quiere y porque ella lo quiere26. Escoto prueba, también por la razón, la existencia de la libertad junta mente con la necesidad, aduciendo nuevamente la forma necesaria y libre con que la voluntad divina quiere su bondad infinita. Ahora bien, el acto con que Dios quiere el fin último es perfectísimo y necesario. Pero si es perfectísimo deber ser también libre. Luego la necesidad no quita sino que exige la libertad divina acerca del fin último. La argumentación escotista de esta conclusión es decisiva: la condición intrínseca de la potencia, en orden a su acto perfecto, no repugna a la perfección de la operación; la libertad es condición intrínseca de la volun tad, en orden al acto de querer; luego la libertad puede coexistir con la necesidad y perfección de la operación divina. Se da, pues, compatibilidad entre libertad y necesidad en el acto con que Dios quiere la bondad infini ta, aunque la voluntad divina actúa contingentemente acerca del objeto finito. En consecuencia, si un principio natural puede no actuar contingen temente, un principio libre puede hacerlo necesariamente. El artículo termina con una adición, en la que se plantea la duda acerca de cuál es la esencia de la libertad: determinación a obrar o dominio de su propio acto. Cuando se dice que «la voluntad necesariamente quiere» no cabe entender que la necesidad es previa a la voluntad y la impele al acto, privándola entonces de la libertad, sino que la necesidad es concomitante, estando así bajo el dominio de la voluntad que, por la firmeza de su liber tad, se impone a sí misma la necesidad en la elicitación del acto. Así la libertad es, sobre todo, la soberanía, el autodominio de la voluntad sobre su acto, elicitado por ella de manera «deleitable y electiva», de manera 25. Escoto comenta esta expresión con estas palabras: «Praeterea, Anselmus dicit, et est supra dictum, quod posse peccare non est libertas, nec pars libertatis, sed quod non est de essentia alicuius, potest per potentiam Dei (saltem si est absolutum) fieri sine illo; ergo liberum arbitrium esse sine potentia peccandi, non includit contradictionem» (Ordinatio II, d. 23, q. única n. 1). 26. Así afirma: «Voluntas infinita semper est in actu volendi rede» (Rep. Par. I, d. 10, q. 2, n. 5). Y más aún: «Ex hoc quod aliquid competit voluntati divinae est rectum... Quodlibet, quod non includit contradictionem, non repugnat voluntati divinae absolute; igitur quidquid Deus faciat, vel agat, erit rectum et iustum» (Rep. Par. IV, d. 46, q. 4, n. 8).
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