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LO VIVO Y LO MUERTO DEL PENSAMIENTO HISPANICO 119 justa matar a todos los culpables?». Ulteriormente se hace también esta pregunta: «¿Los prisioneros de guerra pueden ser declarados esclavos?». Para penetrar en el espíritu de este ju s belli oigamos lo que responde a esta última pregunta: «En otro tiempo parecía ser esto derecho de gentes. En efecto, en tiempo de los romanos se observaba la norma de que los prisione ros de guerra quedaban esclavos». Opina que esto no se puede aplicar a la guerra entre cristianos. Pero añade a continuación: «Si se trata de otros —paganos y musulmanes— los prisioneros de guerra son esclavos, si la guerra con ellos es justa; porque, si no es justa, nunca se puede hacer esclavos a los prisioneros»32. Ante tal doctrina de Vitoria justamente escribe J. Hóffner, tan entusiasta del sentido moral de éste. «Pesa un sombrío rigor sobre la ética escolástica de la guerra, no obstante su seriedad ética»33. Lo peor del caso fue que esta doctrina de Vitoria, compartida por los otros doctores de la escuela, tuvo atroz repercusión durante varios siglos en la injusta trata de negros. En esta ocasión la conciencia cristiana, tan alerta en la referente a los indios, quedó adormecida por el admitido ju s belli , que daba atribuciones para declarar esclavo a todo prisionero de guerra. Esta doctrina del ju s belli da razón de por qué los moralistas espa ñoles denunciaban como inhumano el tratamiento que recibían los esclavos negros en la travesía marítima de Africa a América. Pero tardaron demasia do en declararse contra la esclavitud de los negros en sí misma. Pero, más que el historial tardío de esta reacción, el historiador de las ideas puede denostar que, como dice el gran hispanista Alain Guy, veinte años antes que Vitoria pronunciara sus Relecciones , otro gran pensador español había levantado su voz contra la guerra. Este español que vivía fuera de España era J. L. Vives. De él afirma el gran hispanista haber cultivado un pacifisme integral34. Es indudable que, al margen de detalles en el contraste de Vives y Vitoria, el pensador laico, pero muy cristiano, impugnó el romano ju s belli , muy vigente en su tiempo. En esta ocasión sin embargo, no razona según un riguroso pensar ético-político, sino que se limita tan sólo a exponer lo que le dicta su conciencia cristiana. He aquí su gran sentencia, que debió haber tenido resonancia histórica. La escribe en su comentario a la Ciudad de Dios de san Agustín: «Alienam facit hanc pugnandi rationem a Christiana pietate id est, inhumanitatem saevissimam a mansuetissima humanitate»34. 32. O. c., n. 44-47, p. 847-849. 33. J. H ó ffn e r , o . c .} p. 455. 34. J. L. VlVES, Commentarla in libros De Civitate Dei. Opera Omnia D. Aurelii Augusti- ni. Basileae 1555, t. V, col. 73.
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