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300 GREGORIO SMUTKO El documento inédito del Archivo General de Indias en Sevilla contie ne el «Expediente» del proceso jurídico contra los dos profetas12. La acu sación contra ambos fue que ellos «no solamente proclamaron la libertad de los negros, sino que llegaron a rehusar la absolución sacramental a todos aquellos que no prometían en la confesión dar libertad a sus esclavos y pagarles los jornales correspondientes en todo el tiempo que los habían tenido a su servicio13. Los acusados no quisieron reconocer la autoridad del Juez Provisor nombrado por el Obispo de Cuba, Jamaica y Florida de juzgarles, insistiendo que en estos casos estaban sujetos solamente al Papa y a la Sagrada Congregación de la Propagación de la Fe, por ser capuchi nos y «misioneros apostólicos». Entonces fueron suspendidos de confesar y predicar y excomulgados por el Obispo el 3 de diciembre, 1681 14. A pesar de las amenazas de denunciarlos al Consejo Real, los acusados conti nuaron firmes en sus convicciones. En vista del aumento de las quejas de los dueños de esclavos y de los oficiales reales contra los dos capuchinos, el Provisor los hizo llevar por la fuerza al Hospital de San Juan de Dios en forma de prisión para imponerles silencio15. Durante tres tristes años, los presos sufrieron la persecución continua a causa de sus convicciones16no solamente por parte de los dueños de los esclavos sino también por parte de las autoridades eclesiales. Humanamen te hablando, hubiera sido fácil para ellos «arrepentirse» para ganar su li bertad y continuar su labor. Lejos de eso, ellos continuaron firmes en su posición y cada uno escribió un libro contra la esclavitud. Además ellos declararon que las autoridades fueron automáticamente excomulgadas por restringir su libertad y tratar de juzgar los misioneros apostólicos que esta ban sujetos solamente al Papa y a la Propaganda Fide. Claro que esta posición fue considerada no sólo poco respetuosa, sino peligrosa17. Los capuchinos abolicionistas permanecieron presos hasta que fueron enviados a España para ser juzgados. El Consejo de Indias en Madrid censuró lo irregular del procedimiento contra los misioneros en Cuba y una vez en España los frailes denunciaron su caso a la Santa Sede. La Sagrada Congregación de Propaganda Fide iba difiriendo de una sesión a otra esta cuestión de suma gravedad, no solamente por la exención de los frailes regulares, sino especialmente al cuestionar los fundamentos de la 13 . «E xp edien te» f. 35 , citado en Lóp ez G arc ía, o . c ., 35 ss . 14. Cfr. L ópez G arcía , o . c ., 35. 15. «E xpedien te» ff. 7-15, citado en L ópez G arcía , o . c ., 37. 16 . Cfr. Lóp ez G arcía, o . c .} 41 . 17. L óp ez G arc ía, o . c ., 37.
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