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62 CEFERINO MARTINEZ SANTAMARIA Los intentos secularizadores de la Baja Edad Media son una reacción contra esa absorción de lo temporal por lo espiritual. Con Marsilio de Padua, los intentos secularizadores llegan al extremo opuesto de la absolu­ ta autonomía de lo temporal, que se independiza totalmente respecto de la Iglesia. Segunda idea en crisis: «Teocracia» El término «teocracia» se halla frecuentemente vinculado con el de «hierocracia». Esta vinculación tiene lugar especialmente al hacer la historia de las religiones antiguas, en las que se hallaban muy vinculados el poder religioso y el poder civil. En la Edad Media la teocracia adquiere un matiz muy preciso en el concepto histórico de «agustinismo político». La fórmula « agustinismo polí­ tico» es un concepto histórico, acuñado por H. X. Arquilliére. Su caracte­ rística esencial consiste en la tendencia del poder espiritual a ingerirse en el ámbito del poder temporal político. Quiero señalar aquí cómo el poder espiritual va acentuando su influjo en el poder político hasta culminar en los teóricos que originaron el clima de la bula Unam Sanctam , de Boni­ facio VIII6. Podemos distinguir tres etapas en el desarrollo del agustinismo político : de gestación, de vigencia y de crisis. La etapa de gestación, muy larga, discurre desde la actitud algo ambigua de san Agustín hasta la plena forma­ ción de esta doctrina en el siglo XII. La etapa de vigencia corre a lo largo del siglo XII y del XIII hasta la Bula Unam Sanctam , 18 de noviembre de 1302. La etapa de crisis se halla motivada por los impugnadores de dicha Bula y se agudiza acremente por algunos teóricos políticos en los siglos XTV y XV. Paso a precisar un poco más estas tres etapas. a) Etapa de gestación San Agustín es su punto de partida. Es justo subrayar, frente a falsas interpretaciones, que Agustín de Hipona reconoce total autonomía al Im­ perio Romano en su actuación cívica. Se vincula así a la tradición de la Iglesia primitiva que recomendó siempre la subordinación a las legítimas autoridades y la colaboración con ellas. Su plena aceptación del ordo roma- 6. Cf. E. RIVERA DE Ventosa, «El agustinismo político a la luz del concepto de naturaleza en Suárez», en Cuadernos Salmantinos de Filosofía VII (1980) 107-119; H. X. ARQUILLIERE, L'augustinisme politique. Essai sur la formation des théories du moyen age , 2 ed., Paris 1955. Más resumido, pero más preciso y claro, en Reflexions sur l’essence de l'augustinisme politique , en Augustinus Magister , II, 991-1001.

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