PS_NyG_1989v036n001p0007_0038

LA REFORMA DE LOS ESTUDIOS FILOSOFICOS EN ESPAÑA... 17 de todo por los reales Consejos. «Pero esta es la parte más difícil» —adver­ tían resignadamente—, revelando un margen de desconfianza en el éxito final de la empresa. Tras destinar, sobre el papel, para futuro edificio de la universidad el de la antigua casa profesa de los jesuitas, garantizaba el plan que, «si se verifica, será una de las más magníficas universidades que haya en Europa» n. El informe de Olavide y plan de estudios concomitante merecieron la máxima aprobación de Campomanes —«Apenas puede añadirse nada sus­ tancial»— y, muy pronto, del propio Consejo. Se veía en el plan un cierto prototipo para la reforma general, y no es improbable que sirviera luego, efectivamente, de pauta para urgir el restablecimiento y modernización de la enseñanza en otras universidades, bien que nunca se perdió de vista la buscada jerarquía modélica de la salmantina. «Sobre el método de estudios —escribía el fiscal en su relación— se dilata el informe con mucha propiedad, habiéndose oído sobre ello a per­ sonas literatas, por lo que sería un modelo digno de imitarse, mereciendo la aprobación del Consejo, sin perjuicio de aquellas moderaciones o adicio­ nes, que trae consigo el tiempo o la experiencia». Con la celeridad característica de este primer bienio de la reforma en Sevilla, Campomanes se atrevía a instar al Consejo para que consultara al rey sin pérdida de tiempo, a fin de poder ejecutar inmediatamente el con­ tenido del informe y confiar su realización a los tres proceres que lo apadri­ naban. Aunque de modo provisional, el Consejo lo aprobó «como lo propone el fiscal», en su reunión extraordinaria del 26 de mayo de 1768, y Carlos III lo rubricó con estas palabras: «Me conformo en todo con el parecer del Consejo». Era la primera respuesta con soluciones casi integrales a su prag­ mática sanción del 2 de abril del año precedente sobre el fomento de la enseñanza pública en general, la instrucción del clero en particular y la beneficencia de cara al pauperismo. Pero hubo de transcurrir más de un año antes de que el Consejo lo mandara observar, mediante su provisión de 22 de agosto de 1769. Los coautores del plan asestaban, como preludio a su reforma de la enseñanza filosófica prescrita en él, un par de golpes a lo que consideraban los dos óbices capitales de la misma, el espíritu de partido , corruptor de los ánimos, y el «espíritu escolástico», «que ha pervertido ciertamente el jui­ cio», «espíritu de horror y de tinieblas, que nació en los siglos de la igno- 11. Ibid., leg. 5477, n. 4, ff. 9-18. 2

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz