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430 JOSE LUIS LARRABE encontrado libro ni artículo que explique en qué consiste esta «inten­ ción». ¿A qué viene la afirmación conciliar de Trento de que la sacramen- talidad del matrimonio «no es invento humano de hombres de Igle­ sia»? 18. La frase era textual y contextual de Lutero, quien (por influen­ cia de Erasmo), en su obra De captivitate babylonica llegó a la culmi­ nación de las dudas y negativas anteriores y suyas, hasta el punto de negar que haya promesa y presencia de gracia para el matrimonio, ne­ gando [también] su institución como sacramento por Cristo, y recha­ zando como prueba válida la de la Carta de San Pablo a Efesios, allí donde el Apóstol culmina sus enseñanzas del misterio de salvación de Dios aplicándolo al matrimonio de bautizados y creyentes diciendo [el Apóstol]: «Este misterio es grande: vivido en [ = hacia] Cristo y la Iglesia» (Ef 5, 22-32). Lutero negó, en resumen, la sacramentalidad, la gracia, la institu­ ción como sacramento por parte de Cristo: que «no es sacramento ins­ tituido divinitus, sino invento humano»; terminó diciendo: «non esse sacramentum divinitus institutum, sed ab hominibus in Ecclesia in- 19 ventum» . Que esta sacramentalidad no es invento de Trento (ni de Concilios anteriores: II de Lyon, año 1274, ni el de Florencia, año 1439), lo de­ finió el mismo Concilio diciendo y demostrando ques esta afirmación no era más que el coronamiento obvio y lógico de la larga tradición en la vida de la Iglesia de la vivencia del matrimonio cristiano como sacramento20. Así, pues, este canon primero, con la proclamación dogmática de la sacramentalidad del matrimonio, no es más que la explicitación doc­ trinal, plena y madura, de lo que en la vida de la Iglesia ocurría —y ocurre— al respecto. A su vez, correlativamente, la negación de Lutero chocó, en primer lugar, contra esta convicción y vivencia de la sacramentalidad en la vida tradicional de la Iglesia, no sólo ni principalmente contra su formula­ ción doctrinal que sí venía explicitándose coherentemente Concilio tras Concilio desde el II de Lyon (a. 1274) como lo hemos dicho anterior­ mente. Pero hay que tener en cuenta una distinción fundamental en 18. D. 971 : DS 1801. 19. WA VI, 550. 21553-20. 20. D. 970 : DS 1800: «SanctiPatres nostri, Concilia et universalisEccle- siae traditio semper tenuit».

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