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400 ANTONIO LINAGE CONDE En algunos casos la revisión estatutaria obedeció a la necesidad de ponerse de acuerdo con la «orden general para el arreglo de cofradías y extinción de las que no tuvieran la utilidad pública», extremo que aquí no vamos a tocar pero que no puede ser más revelador del signo de los tiempos que corrían y anticipo de los venideros. La de la Caridad de Sevilla vio aprobadas sus ordenanzas por san­ ción regia en La Granja el 15 de septiembre de 1785 19, mientras que la correlativa gaditana hizo constar las suyas nuevas ante el notario Jerónimo Ruiz Arias el 17 de diciembre de 1714 20; la de Jesús de las Tres Caídas obtuvo la venia de la Real Audiencia el 5 de abril de 1788 21; la de Luz y Vela se formó el 9 de marzo de 1791 22, en tanto la matriz cortesana madrileña lo había sido solemnemente el día de la Virgen de Agosto de hacía dos años; la de las Animas fue aprobada 19. Regla de la muy humilde y Real hermandad de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo, sita en su casa y hospital del señor san Jorge de la ciudad de Sevilla (Madrid, Viuda de Ibarra, 1785). CS. 20. Charitas vincit. Regla de la muy humilde hermandad de la Santa Cari­ dad de Nuestro Señor Jesucristo y patrocinio del glorioso arcángel san Mi­ guel, sita en el convento e iglesia de Nuestro Padre San Juan de Dios de la ciudad de Cádiz ; renovada por sus hermanos este año de 1714 (Cádiz, Ma­ nuel Espinosa de los Monteros, impresor de la Real Marina). CA. 21. Regla de la hermandad de Nuestro Padre Jesús de las Tres Caídas y Nuestra Señora de Loreto, sita en la iglesia parroquial de señor san Isidoro de esta ciudad; aprobada por el Real y supremo Consejo de Castilla en cinco de marzo de 1788 (Sevilla, José Padrino y Solís, calle de Génova). TC. 22. Estatutos de la Real Congregación llamada de Luz y Vela, erigida en la ciudad de Sevilla, con objeto a hacer oración continua ante el augusto sa­ cramento Ínterin está patente en las iglesias donde circula el jubileo de cuarenta horas; razón de su erección, incorporándose con la de la Corte de Madrid fundada a devoción de los reyes nuestros señores, sus hermanos ma­ yores: indulgencias y gracias concedidas a sus individuos y método y reglas de su ejercicio (Sevilla, Imprenta Mayor, 1793). LVS. También manejamos los de la matriz matritense y palaciega: Alabado sea el Santísimo Sacramento Estatutos de la Real primitiva Congregación del Alumbrado y Vela Continua al Santísimo Sacramento oculto en los santos sagrarios, establecida en la Real Capilla de Palacio desde 15 de agosto de 1789 por los augustos abuelos de S. M. la reina doña Isabel II, hermano (sic) mayor perpétuo de dicha Real Congregación, y extendida después a todas las iglesias del reino (Madrid 1848). LVM. Los sevillanos decidieron asistir con seis hachas a las iglesias de las cuarenta horas, y empezaron por la de San Juan de Dios. Era arzobispo Alonso-Marcos de Llanes y Argüelles.

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