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EL IRRACIONALISMO ETICO DE WITTGENSTEIN 379 comportarme mejor»), y la segunda, que el sujeto que exige un buen comportamiento tampoco tiene razones para ello («usted debe que­ rer...»). De tal forma es así, que sería absurdo imaginarse a ambos per­ sonajes entablando una discusión sobre las razones para comportarse mal o bien; razones que conducirían inevitablemente a tomar en consi­ deración las consecuencias de la acción (castigos-premios). En coheren­ cia con lo dicho, Wittgenstein no admite que la obligatoriedad moral esté condicionada por las consecuencias. No es válido, moralmente ha­ blando, exigir la realización del bien presentando las graves consecuen­ cias que arrastraría una acción perversa, pues de esta forma quedaría condicionada la ética a algo externo a ella misma. Ya en el Tractatus Wittgenstein rechazaba una ética consecuencialista y sugería el valor absoluto de la acción misma. El deber no admite discusión, exige cum­ plimiento, y la única gratificación posible se encuentra en obrar la ac­ ción que debo: «E l primer pensamiento que surge cuando se propone una ley ética de la forma 'tú debes’ es: ¿y qué si no lo hago? Pero es claro que la ética no se refiere al castigo o al premio en el sentido co­ mún de los términos. Así, pues, la cuestión acerca de las consecuencias (Den Folgen) de una acción debe ser irrelevante... Sí que debe haber una especie de premio y de castigo ético, pero deben encontrarse en la acción misma» (6.422). Este texto, que a veces se ha presentado co­ mo antikantiano, bien mirado está dentro de las coordenadas de la ética de Kant, ética que en definitiva pretendía destacar la autonomía moral por encima de criterios hedonistas, eudemonistas o utilitaristas. Si algo es «lo ético», parece estar diciendo Wittgenstein, es deber absoluto, exigencia desinteresada y realización plena de lo bueno en sí mismo, por lo que la pregunta «¿y qué si no lo hago?» carece de sentido, tanto en la ética kantiana como en la de Wittgenstein. La diferencia funda­ mental con Kant estriba en que éste sí pensaba que podía hablarse del fundamento racional de la ética, de un sentido absoluto y categórico (y a ello se dedica gran parte de la Fundamentación de la Metafísica de las costumbres), mientras que para Wittgenstein este deber absoluto y este fundamento racional son un «sinsentido», no pueden ser formula­ dos lingüísticamente (repárese en que las ideas del 6.422 anteriormen­ te citadas son un comentario a 6.42 donde justamente se afirma que «no puede haber proposiciones de ética»). Es importante tener en cuenta que Wittgenstein no pretende negar el carácter absoluto del deber ético, sino la posibilidad de que se ex­ prese lingüísticamente y se argumente a su favor, que es cosa bien dis-

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