PS_NyG_1988v035n001p0065_0157

FUTURO DESDE LA OCTOGESIMA ADVENIENS 135 La Rerum Novarum, ¿se fundamenta en este mundo medieval? León X III no es del siglo XII o XIV, sino de finales del siglo XIX, en el cual ha cambiado radicalmente la forma de sociedad, establecién­ donos en un tipo de sociedad industrial y capitalista con clases enfren­ tadas. Bien evidente es cómo en el primer número de la encíclica queda realísticamente descrita esta situación distinta de la época medieval125. Hay, no obstante, una dinámica interna en gran parte de la encí­ clica que nos hace pensar en una posible concepción estática de la so­ ciedad, aunque corregida, por parte de León X III. Así aparece en el número 13. Parece admitir el Papa un orden dado en la sociedad: di­ versidad de clases por naturaleza. Lo dado por naturaleza no es fácil­ mente cambiable ni puede el hombre caprichosamente invertir los tér­ minos. La diferencia se da en el orden constitutivo de la persona. Re­ conoce, en un segundo momento, oficios y aptitudes diversas en orden a una mutua colaboración. Esto es perfectamente aceptado, si lo enten­ demos como realidad y conquista de los hombres a través de un pro­ ceso de transformación. Más discutible es si ciertas situaciones dadas no son cambiantes porque el orden natural lo es. Posiblemente León X III lo que quiere defender es la condición de ser personal que quiere ser eliminada por los colectivistas o exaltada por los liberalistas. Avanzando un poco más en la consideración del bien común en los textos, encontramos que va habiendo una mayor precisión. Posterior­ mente a Pío XI no existen tantas imprecisiones sobre el bien común en el sentido de emplear el término aquí y allí sin llegar a saber en qué sentido se utiliza el vocablo. Esto no quiere decir que quede fijada la determinación del mismo. Nos encontramos en los albores de la mis­ ma y queda mucho por clarificar. Sobre el bien común se afirma en qué consiste, pero, ¿qué verdad se encierra en lo afirmado?; y ¿lo afirma­ do hoy y mañana significa lo mismo? Pasamos, pues, a la consideración de la precisación que se va ha­ ciendo en los textos. Analizamos el concepto que nos dan del bien co­ mún. Más adelante veremos las características y alcance del mismo. En los textos de Pío XII, Juan XX III y Gaudium et Spes se nos da una definición del bien común. Comparamos estos textos. En el Radiomensaje de Navidad de 1942, Pío XII define el bien común como «condiciones externas necesarias al conjunto de los ciu­ dadanos para el desarrollo de su vida material, intelectual y religiosa». 125. RN 1, en o. c., 19-20.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz