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392 J. RAMON LOPEZ VAZQUEZ se formula en términos de presencia-ausencia 54 de tales realidades ma teriales. Con ello, la causalidad como ley del se r55 acabará recluyén dose en el ámbito del humano pensar 56 y decir 57, lejos de cualquier exigencia ontológica58, tal y como los presupuestos metafísicos lo 59 exigen . 3. Presupuestos gnoseológicos Advenidos a este lugar, Ockham se preocupa por el análisis de la causalidad desde las exigencias del pensar humano. Eliminada la causa lidad como categoría ontológica, es, sin embargo, necesario mantener la distinción real entre causa-efecto; «se llama causa eficiente aquella a cuyo existir real se debe el existir del efecto como algo totalmente distinto de su causa» 60; y seguir defendiendo la causalidad como ex presión de la dependencia del efecto con relación a la causa: «aquello de lo cual depende algo, de tal forma que sin él en modo alguno podría darse, se llama causa»61. Mi propósito aspira a demostrar que, pese a proclamar la dependen cia del efecto con relación a la causa, no es necesario el conocimiento de la causa para poseer un conocimiento perfecto y propio del efecto. El principio de causalidad, en un mundo de sigulares absolutos, sobra como esquema científico. Tampoco el esquema causativo, como priori dad de las premisas con relación a las conclusiones 62, responde a la falsa hipótesis que supone que a unas cosas se las conoce por otra. La demostración, como método de derivar un conocimiento a partir de 54. Cfr. I Sent., Dist. XXX, Q. II, C; «...cuando variada la causa... no va ría el efecto... no es causa total o no es causa...» (/ Sent., Dist. XLV, Ck I, D). 55. «Si la causalidad fuere alguna diminuta entidad, entonces cualquier agente creado, al obrar, necesariamente cambiaría y adquiriría algo nuevo. De esta forma, cuando el sol calienta los cuerpos materiales, adquiriría tan tas novedades cuantas cosas calienta»; lo que es absurdo ( Quodl . VI, Q. XII). (Lo subrayado es nuestro). 56. «La relación es posterior a su término y fundamento. El efecto pro ducido es el fundamento o término de cualquier relación entre la causa y el efecto, es fundamento en la relación del efecto a la causa y término en la de la causa a su fundamento; por lo tanto, tales relaciones mutuas son poste riores tanto a la causa como al efecto» {Quodl. VI, Q. XII 57. Cfr. I Sent. , Dist. XXX, Q. III, U. 58. Cfr. IbidL 59. I Sent., Dist. XXX, Q. II, F; Exp. Aur., Lib. Praedicamen., C. 7. 60. Philosophia naturalis,, 35. 61. Quodl. III, O. XVIII. 62. «La causa no como una realidad respecto a otra, sino como la priori dad de una proposición respecto a otra» (I Sent., Dist. XII, Q I, F>.
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