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EL MAESTRO CRISTIANO A LA LUZ. 55 sobrenatural y universal, sociedad perfecta porque contiene todos los medios para su fin, que es la salvación eterna de los hombres y, por tanto, suprema en su orden»44. «...Y ante todo pertenece de un modo supereminente a la Iglesia la educación, por dos títulos de orden sobrenatural, exclusivamente concedidos a Ella por el mismo Dios, y por esto absolutamente supe­ riores a cualquier otro tipo de orden natural. El primero consiste en la expresa misión y autoridad suprema del Magisterio que le dio su Divino Fundador: A Mí se me ha dado toda potestad en el cielo y en la tierra. Id, pues, e instruir a todas las naciones, bautizándolas en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo; enseñán­ doles a observar todas las cosas que yo os he mandado»45. «...El segundo título es la maternidad sobrenatural con que la Igle­ sia... engendra, alimenta y educa a las almas en la vida divina de la Gracia, con sus Sacramentos y su enseñanza... Por tanto, en el objeto propio de su misión educativa, es decir, en la fe e institución de las costumbres el mismo Dios ha hecho a la Iglesia partícipe del divino Magisterio y, por beneficio divino, inmune de error; por lo cual es maestra de los hombres suprema y segurísima, y en sí misma lleva arraigado el derecho inviolable a la libertad de Magisterio...»46. El Concilio Vaticano II también hace referencia con las siguientes palabras a la obligación y al derecho que tiene la Iglesia en la edu­ cación: «El deber de la educación corresponde a la Iglesia, no sólo porque debe ser reconocida como sociedad humana capaz de educar, sino, sobre todo, porque tiene el deber de anunciar a todos los creyentes el camino de la salvación, de comunicar a los creyentes la vida de Cristo y de ayudarles con atención constante para que puedan lograr la plenitud de esta vida. La Iglesia, como Madre, está obligada a dar a sus hijos una educación que llene su vida del espíritu de Cristo, y al mismo tiempo ayuda a todos los pueblos a promover la perfec­ ción cabal de la persona humana, incluso para el bien de la sociedad terrestre y para configurar más humanamente la edificación del mun­ do» 4?. En el Canon 794 del Derecho Canónico queda jurídicamente deter­ minado todo lo dicho anteriormente: «De modo singular, el deber y derecho de educar compete a la Igle­ sia, a quien Dios ha confiado la misión de ayudar a los hombres pára que puedan llegar a la plenitud de la vida cristiana. 44. DIM 9. 45. DIM 10. 46. DIM 11. 47. GE 3.

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