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52 LUDIVINA SASTRE ROMO También los padres son el elemento principal en la educación social de los hijos. La familia es «...la prim era y fundam ental escuela de socialidad como comunidad de amor, encuentra en el don de sí m isma la ley que la rige y la ha­ ce crecer... La comunidad y la participación vivida cotidianam ente en la casa, en los momentos de alegría y de dificultad, representa la pe­ dagogía más activa, responsable y fecunda de los hijos en el horizon­ te más amplio de la sociedad»37. Es, por tanto, a través de la familia como los hijos van consiguiendo su propio desarrollo personal y su inserción en la sociedad civil y en el Estado. El Concilio Vaticano II respecto a esto dice así: «La fam ilia es, por tanto, la prim era escuela de virtudes sociales, que todas las sociedades necesitan. Sobre todo en la fam ilia cristiana, en­ riquecida con la gracia del sacram ento y los deberes del matrimonio, es necesario que los hijos aprendan desde sus prim eros años a cono­ cer, sentir y adorar a Dios y a am ar al prójimo según la fe recibida en el bautismo. En ella sienten la prim era experiencia de una sana sociedad hum ana y de la Iglesia. Por medio de la fam ilia, p o r fin, se introducen fácilmente en la so­ ciedad civil y en el Pueblo de Dios. Consideren, pues, los padres aten­ tam ente la importancia que tiene la familia verdaderam ente cristiana para la vida y el progreso del mismo Pueblo de D ios»38. La obligación y el derecho que tienen los padres de educar a sus hijos están jurídicamente respaldados por la Iglesia. Los siguientes cánones del Derecho Canónico así lo confirman: «Antes que nadie, los padres están obligados a form ar a sus hijos en la fe y en la práctica de la vida cristiana, m ediante la palabra y el ejemplo; y tienen una obligación sem ejante quienes hacen las ve­ ces de padres, y los padrinos» (c. 774 § 2). «Los padres y quienes hacen sus veces tienen la obligación y el derecho de educar a la prole; los padres católicos tienen también la obligación y el derecho de elegir aquellos medios e instituciones me­ diante los cuales, según las circunstancias de cada lugar, puedan pro­ veer m ejor a la educación católica de los hijos. También derecho de los padres es que la sociedad civil les propor­ cione las ayudas que necesiten para p ro cu rar a sus hijos una educa­ ción católica» (c. 793). 37. lbid. 38. GE 3.

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