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EL MAESTRO CRISTIANO A LA LUZ. 49 Pío XI en su Encíclica DIM nos dice: «La educación es obra necesariamente social, no solitaria. Ahora bien, tres son las sociedades necesarias, distintas, pero armónicamente uni­ das por Dios, en el seno de las cuales nace el hombre: dos socieda­ des de orden natural, tales son la familia y la sociedad civil; la ter­ cera, la Iglesia, de orden sobrenatural»26. La primera sociedad donde nace y vive el hombre es la familia. Los padres que con su amor dan la vida a los hijos, son los responsa­ bles primeros en la educación de los hijos. Su paternidad les confiere, junto al deber de educarlos, un derecho educativo que nada ni nadie puede arrebatarles, mientras los hijos son menores de edad. Pío XI hace referencia al derecho-deber educativo de la familia con estas palabras: «La familia, pues, tiene inmediatamente del creador la misión, y por tanto, el derecho de educar a la prole, derecho inalienable por estar inseparablemente unido con la estricta obligación, derecho anterior a cualquier derecho de la sociedad civil y del Estado,y por lomismo inviolable por parte de toda potestad terrestre» 27. El Concilio Vaticano II incide en esta afirmación: «Puesto que los padres han dado la vida a los hijos, están gravemen­ te obligados a la educación de la prole y por consiguiente, son los primeros y obligados educadores»2^. También Juan Pablo II en «La Exhortación Apostólica» sobre la familia, Familiaris Consortio nos dice que «el derecho-deber educativo de los padres se califica como esencial, relacionado como está con la transmisión de la vida humana; como original y primario, respecto al deber educativo de los demás, por la unicidad de la relación de amor que subsiste entre padres e hijos; como insustituible e inalienable y que, por consiguiente no puede ser totalmente delegado o usurpado por otros»29. 26. DIM 9. 27. DIM 16. 28. GE 13. 29. J uan P ablo II, Exhortación Apostólica sobre la familia, Madrid 1981, 37, n. 36.

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