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LA REFORMA DE LOS ESTUDIOS FILOSOFICOS. 25 la philosophia ancilla. Si esa era la motivación intrínseca, se aprove­ charon diversas contingencias para exigir y proclamar la igualdad de derechos de la facultad de artes y rechazar su condición exclusivamente propedéutica de las demás. En 1772 se tomó como motivo uno tan ajeno como la entrada en quintas de los graduandos en filosofía. Dos años antes había concedido un real decreto su exención a los estudiantes de otras ciencias. ¿No era tan razonable que se concediera igualmente a los «filósofos»? Si «a los que estudian las lenguas griega y hebrea, matemáticas y medi­ cina, se les concede este privilegio, razón hay, pues, que a los que estudian filosofía, y más los graduados en ellas, disfruten el mismo, una vez que vivimos en la persuasión que ésta, ni en utilidad, ni en dignidad, cede a ninguna de aquéllas» 25. La pretensión se vio justifi­ cada en Madrid por el fiscal, que la recomendó al Consejo, y éste la aprobó. La conciencia de clase al fondo de esa y otras reivindicaciones, no alentaba, sin embargo, con igual fuerza en todo el profesorado filo­ sófico. Gran parte de éste consideraba su vinculación a una cátedra de artes mero trámite de pasaje a una de teología, siempre mejor retri­ buida. Por ello les preocupaba poco la recepción del grado mayor en filosofía. Sólo el decano de esta sección poseía en 1779 el título de doctor, «cuando antes todos los filósofos regulares, y algunos seglares también, solían recibirle». Tal situación contribuía notablemente, a juicio de muchos, al desprecio de la filosofía, y a que pareciera quimé­ rico el «concepto que se la debe de ser una verdadera facultad por sí misma e independiente de las demás». Con todo, el hecho de que en la nueva reglamentación se exigiera el bachillerato en artes como con­ dición sine qua non para acceder a otras carreras, como la de medicina, y no sólo a la teológica, robustecía su esperanza de llegar a ver la facultad de filosofía gozando de completa independencia26. En 1783 leía ante el claustro pleno de su universidad el batallador José Prat una representación, como decano de los filósofos y a nom- 25. AHNC, leg. 50844: Expediente promovido a representación del cance­ lario de la universidad de Cervera sobre que no son comprendidos en la or­ denanza del anual reemplazo del ejército los bachilleres de filosofía y cur­ santes de ella (del 31.VIII.1772). 26. Ibid., leg. 50845: Expediente causado a instancias del Dr. D. José Prat y consortes catedráticos de filosofía de la universidad de Cervera sobre que los grados que tienen recibidos en las facultades mayores les sirvan como si los hubieran recibido en dicha facultad de filosofía , para la concurretícia a exámenes y otras cosas.

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