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452 ANTONIO LINAGE CONDE Como también, si el hermano o hermana que falleciese fuese en deber a la Cofradía se asistirá con las insignias a su entierro pero no se le dirá el oficio interim no pague lo que fuese en deber. Como también, a el hermano que por su indigencia no pudiese pagar el escote que le corresponda, siendo lícita se le tendrá como tal hermano; así se constituyeron. ~ Y por ser verdad lo firmó el señor alcalde de dicha Cofradía en nombre de toda la Hermandad. Todo lo cual lo certifico como abad de legos. Antonio de Frutos. El alcalde, José López Martín.—Rubri­ cado. Sepulveda y 18 de julio, año de 1844 2 20 de marzo de 1844 Reiteración de la aprobación diocesana de la Cofradía LCA2 Señor Gobernador Eclesiástico interino de este Obispado: Ramón Vázquez, vecino de esta ciudad, a nombre y en representa­ ción de los hermanos de la Cofradía de Nuestra Señora del Carmen de la villa de Sepulveda, a V. S. con todo respeto expone: Que en consecuencia de hallarse privados dichos hermanos de ejer­ cer sus ejercicios de costumbre por las órdenes últimamente comunica­ das, a causa de no tener la aprobación correspondiente, circunstancia que (sic) carecen todas o la mayor parte de las que hay en la provincia, porque reducida ésta a la práctica de una novena y llevar en las proce­ siones públicas como en los entierros las insignias a los del gremio de tejedores, se ven privados de poderlo realizar, con profundo sentimiento de la veneración de los fieles; mas como otras cofradías en dicha villa fundadas en los mismos principios hayan podido alcanzar que conti­ núen sus actos religiosos, por lo mismo se dirigen A V. S., suplicando tenga a bien mandar que dicha Cofradía del Carmen prosiga en los mismos términos con la asistencia debida, y puesto que S. M. la Reina Nuestra Señora sus únicos desvelos los des­ plega al culto divino manifestando que las procesiones de Semana San-

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