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448 ANTONIO LINAGE CONDE cencía civil, hay pruebas 177, aparte la calendada marcha atrás de 1844. Y volviendo a esa identidad consigo mismos de los unos y los otros ejercicios anuales, es tan tenaz, que cualquier línea novedosa en los libros o asomo de modernidad en su contenido o incluso redacción, es bastante para despertar, cuando cual es lo común, ya lo hemos visto, no se desarrolla pormenorizándose, una leve intriga. Así en 1927, un telegrama al hermano Antonio Jiménez, y al año siguiente una confe­ rencia al mismo 178. Aunque, eso sí, dentro de las también ininterrumpidas modestia y monotonía de los tácitos presupuestos con los que ya estamos familia­ rizados, la escrupulosidad de la explicitación contable 179 es igualmente una constante que constituye parte de la misma identidad. Tal los cua­ tro reales «por gobernar las varas bainas», en 1861, que traemos a colación por no dejarnos perder lo vigoroso de la expresión idiomàtica. Hasta las 82 pesetas por «medio tapete para la mesa de los cofrades» en 1968. Las pequeñas grandes cosas con su significado profundo. Como la Cofradía del Carmen toda, un socavón de la intrahistoria por encima del tiempo. Y desde estas tan singulares como escondidas tierras castellanoviejas de Sepúlveda, también trascendiendo el espacio en el lamento eterno de sus hermanos. In civitatem sanctam Iheru- saletn. Antonio L in a g e C o n d e 28001 - M a d r id Castello 45 177. Desde 1793 se consigna en las cuentas una partida por lo que «costa­ ron las diligencias al Ayuntamiento para conceder la salida como las demás hermandades»; por las «salidas que tienen las insignias para las procisiones (sic)», en 1803. La primera vez 18 reales, 12 desde 1803, 16 desde 1825. Y la regularidad canónica ya vimos no ofrecía duda. No tanto por la normalidad de las visitas episcopales (10’16 reales por una de ellas, consignan las cuentas de 1796) como por la aprobación expresa y reiterativa de que fue objeto des­ pués del incidente con el poder político de 1841. En 1946 consta un gasto de 40 pts. por «ayuntamiento de Sepúlveda y Obispo». 178. 2’60 y 3 pesetas, respectivamente. Como «parte» una noticia y gasto similares vuelven a aparecer en 1934. 179. A veces se nos ha ocurrido reflexionar, dentro de este orden de cosas, en la exclusiva motivación de las reprimendas episcopales, por la despropor­ ción entre el gasto profano y el pío, ajenas en cambio por completo a la prohi­ bición de la embriaguez en el quinto mandamiento. Pero claro está, las cartas estaban boca arriba en los libros porque de las cuentas trataban, en tanto que a las presumibles consecuencias de los excesos del gasto vinal se las iba lle­ vando el viento, año tras año y sin dejar huellas en autos ningunos.

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