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LA COFRADIA DEL CARMEN DE SEPULVEDA 445 fijada su regularidad anual, su fecha y su contenido: la provisión de cargos y el balance contable el 15 de julio y la encomendación de los difuntos el 16, datas respectivas de la víspera y de la fiesta. De esa rareza nos da idea que varios de esos dichos muy pocos acuerdos se nos hayan conservado fuera del libro de actas, en el de las hijuelas o relaciones de hermanos 164, como si hubieran pillado despre­ venidos a los rutinarios redactores del primero y así desconcertados les hubieran hecho sitio espontánea e irreflexivamente en el otro. Ya hemos visto, por ejemplo, cómo se habla de la «casa acostum­ brada» de las reuniones confraternales, sin darnos de ella detalle algu­ no, salvo aquellos entre los primeros años en los cuales pasó a hacer de tal el domicilio particular del alcalde, aunque tampoco se nos seña­ larán los motivos del cambio Y hasta el 17 de julio de 1911 no nos encontramos con el primer recibo de la cofradía del Corpus 165 en favor de la del Carmen, por lo que ésta «paga de renta por hacer la función en la casa», capítulo que a partir de esa fecha se va consignando con regularidad en las cuentas anuales. ¿Qué había ocurrido hasta enton­ ces? ¿Permisión benévola del uso sin remuneración alguna? ¿Com­ pensación en especie pactada verbalmente, especie que desde luego no podía consistir sino en pan y vino? Podemos conjeturar, pero nada más, lo segundo 166. En todo caso la formalización del recibo es un indicio no desdeñable del cambio de los tiempos hacia una mayor rigidez for­ malista, leguleyismo más que juridicismo, la infiltración de una cuña de distanciamiento en la veste expresa y externa de la comunidad. Ca­ mino del que el viento de la historia no deja apartarse hasta que el 30 de junio de 1954 el Corpus pide al Carmen «pactar el correspon­ diente contrato de arrendamiento» 167. Y otro síntoma. Las cuentas hablan por primera vez en 1955 del «coche fúnebre» a propósito de una deuda que le tiene por objeto; 164. Números 18 a 20 y 22 a 25 del apéndice. Otro dato que abunda en el mismo sentido es que la expulsión en 1846 de Manuel Barriberas por no aceptar el cargo de mayordomo consta a la vez en el LCA1 y el LCA2 (véase nuestro texto entre las notas 44 y 45). 165. 2’50 pesetas. Firma su abad de legos Miguel Barral. 166. Tampocoestá probado que la utilización de la Casa del Corpus tu­ viera lugar desde la fundación. 167. Este no consta. El dato está tomado de la comunicación, encuadernada en el LCA3, que dirige a nuestra Cofradía el alcalde de la del Corpus, Agapito Monte, no accediendo a una pretensión de rebaja y haciendo constar que dis­ pone «no solamente de dicha casa y bodega, sino que (sic) también de la ins­ talación de luz y otros efectos». Véase el núm. 17 del apéndice.

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