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LA COFRADIA DEL CARMEN DE SEPULVEDA 419 alguna. Y de 15 a 15 de julio de cada víspera de fiesta mariana, períodos anuales de que van rindiendo cuenta los mayordomos salientes, el espejo de toda la existencia institucional y de sus mentalidades inspiradoras queda retratado en las correspondientes partidas aritméticas de la data y el cargo. De 1791 son las primeras76, con un balance de 249 reales y 12 maravedíes de gastos o data y 158 reales y 22 maravedíes de ingresos o cargo77. Estos últimos consisten exclusivamente en los escotes de los miembros, 152,16 de los hermanos y 6,6 de las hermanas. Aquéllos 78 pueden ser divididos en dos grupos, uno extraordinario, correspondien tes a los trámites fundacionales y a la adquisición del imprescindible mobiliario inicial, 82,12 por la aprobación de las ordenanzas y 80 por las varas de plata y su «compostura» en concreto. Otro ordinario, el que se nos va repitiendo con arreglo al mismo ritmo, semper idem, de la intrahistórica biografía de la confraternidad. A saber, los sufragios por los hermanos difuntos, en nuestro caso solamente una, Rosa de Alonso, a la que el 31 de marzo se la había hecho cantar «un oficio«, fragmento completo de misal y parcial de breviario, ya lo hemos visto, por cuya intercesión devengaron el cura y sacristán 13 reales de dere chos y ofrenda, además del otro oficio que el mismo día del Carmen se celebraba por los hermanos difuntos todos79, un real más barato sin que se nos alcance la razón de la diferencia; y la liturgia festiva o sus aledaños en honor y loor de la virgen patrona, «24 reales que costaron los cuetes (sic) que se gastaron en la procesión y luminarias». Entre lo sacro y lo profano, ¿nada más que esa celebración? Desde luego que expresamente no consta que desde un principio se cantaran a la Virgen las vísperas y la misa solemnes como se sigue haciendo hoy en día, y la colocación del requiem colectivo el día de su fiesta excluye la pri mera en su momento más adecuado, pero aparece, sin embargo, otra partida más vaga que, desde luego, nos deja un resquicio para conje turar algún otro culto no enlutado, los 12 reales de la data «de fábri- 76. Documento núm. 6 del apéndice. 77 O sea un «alcance contra la hermandad» y a favor del mayordomo, de 90’12. 78. Aparte de uno, de mero trámite transitorio, el alcance pagado al ma yordomo anterior por el saldo a su favor de las cuentas precedentes, que fue exactamente de 26 reales. 79. Su traslado al día siguiente, para dejar la festividad mariana al júbilo de los ornamentos blancos, es posterior.
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