PS_NyG_1982v029n002p0255_04110410

350 J uan J o sé H. A lonso «Thus it pleased the Father of Lights to define it (Jerem 29, 7). Pray for the peace of the City; which peace of the City, or Citizens, so com­ pacted in a civill way of union, may be intire, unbroken, safe, etc., not withstanding so many thousands of Gods people the Jewes, were there in bondage, and would neither be constrained to the worship of the Citie Babell, nor restrained from so much of the worship of the true God, as they then could practice, as is plaine in the practice of the 3 Worthies, Shadrach, Misach, and Abednego, as also of Daniel, Dan. 3 & Dan. 6 (the peace of the City or Kingdome, being a far different Peace from the Peace of the Religion or Spirituall Worship, maintained & professed of the Citizens» m . Ante la indeterminación del término «arrogancia», utilizado por J. Cotton con la clara intención de acusar a quienes se alejaban de la ortodoxia de su Iglesia, R. Williams presenta unos casos en los que, a pesar del celo ardiente que se evidencia en ellos, no se encuentran signos de arrogancia. Los casos mencionados son los siguientes: 1) El pueblo de Dios ha proclamado, enseñado y disputado en ocasiones una nueva Religión y Culto, contrarios a los existentes en las ciudades donde ha vivido o por las que ha viajado, como es el caso de Jesús o el de los Apóstoles, que, tras El, predicaron en las sinagogas y en lugares públicos. Aquí no se puede atribuir arrogancia o impetuosidad. 2) Los siervos de Dios han mostrado celo por su Maestro y Señor, sin que esto pueda ser calificado de arrogancia, incluso ante la pre­ sencia de grandes autoridades. Este es el caso de Elias y de Pablo, entre otros muchos. 3) El pueblo de Dios se ha mostrado constante e incluso dispuesto a morir por su fe ante mandatos de la autoridad pública, contrarios a sus creencias, sin que ello implique el menor síntoma de arrogancia. 4) Después de la venida al mundo de Jesús, el pueblo de Dios ha confesado abierta y constantemente que ningún magistrado civil tiene poder sobre las almas o conciencias de sus ciudadanos en materias concernientes a la fe; más aun, que los propios magistrados sean reyes o césares, están obligados a someter sus almas al Ministerio de la Iglesia, a la soberanía del Señor, Rey de reyes. Esta confesión tam­ poco es arrogancia. 178. Id., o . c .} 72.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz