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278 Juan J o s é H. A l o n s o En la que pudiéramos calificar de obra cumbre de su pensamiento político-religioso, The Bloudy Tenent of Versecution, escrita en 1644, R. Williams distingue nítidamente el poder secular de las cuestiones propiamente religiosas. La Iglesia y el Estado son divergentes tanto en su origen como en sus competencias. La naturaleza del Estado es meramente secular, orientada a regular las actividades naturales; el ámbito eclesial, en cambio, es puramente espiritual, sin implicaciones de orden material o mundano. En consecuencia, la actividad del ma­ gistrado civil y la de los ministros de la Iglesia son radicalmente dis­ tintas. La Iglesia es la antítesis del Estado, una sociedad compuesta de elegidos, cuya exigencia se mide en términos de purificación y de separación del mundo. De esta separación radical entre Iglesia y Esta­ do se desprende como consecuencia lógica e inevitable la absoluta libertad de conciencia, incluso en el sentido de que ni la propia Iglesia puede forzar la conciencia humana. Se excluye de este modo todo tipo de coacción y se intuye una Iglesia cuya naturaleza consiste fundamentalmente en un continuo esfuerzo de conformidad con la voluntad de Dios, interpretada ésta en categorías amorosas de Nuevo Testamento. Debido al contexto socio-religioso del momento, las ideas toleran­ tes de R. Williams se convirtieron en foco de atracción tanto en el Viejo como en el Nuevo Continente. Estaban destinadas, por un lado, a resolver el problema crucial de la proliferación de sectas surgidas durante la Revolución Puritana y, por otro, constituían un ataque frontal al sistema eclesial de la Bahía de Massachusetts que se demos­ traba, en su Congregacionalismo, contrario a las libertades humanas. Los más incómodos ante la intervención de Williams fueron, con todo, los puritanos de Nueva Inglaterra. Afiliados teóricamente al grupo de los Independientes, eran más idénticos a sus hermanos ingle­ ses en cuanto a la doctrina, basada en el calvinismo, y en cuanto a la organización eclesial, hecha realidad en el congregacionalismo. Pero, a diferencia de ellos, la política de la tolerancia no se daba entre sus miembros. En este punto R. Williams tenía mucho que decir y, en efecto, denunció, aireando su destierro, la intolerancia del congregacio­ nalismo americano. Ante esta evidencia, la facción del presbiterianismo inglés calificó de hipócrita el llamamiento a la tolerancia del grupo de Independientes, en la seguridad de que el caso de R. Williams era una prueba evidente de su doctrina y de sus sentimientos. Con esto no pretendemos afirmar que el presbiterianismo aprobase las doctrinas

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