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L a t o l e r a n c i a e n e l p e n s a m i e n t o d e . 407 reo de pecado si elige magistrados que no pertenezcan a la Iglesia. Los argumentos que defienden esta teoría son los mismos de siempre y por eso estimamos innecesaria su repetición 275. La conclusión de esta vasta y tediosa exposición es, una vez más, la exaltación de la defensa de la libertad religiosa. En el lenguaje de R. Williams esta verdad se formula así: «The Doctrine of Persecution for cause of Conscience, is most evidently and lamentably contrary to the doctrine of Christ Jesus The Prince of Peace» m . La libertad de conciencia tiene, pues, según R. Williams, una clara fundamentación escriturística, que se traduce en términos teológico- eclesiológicos en una distinción entre la Iglesia y el Estado y, en con­ secuencia, entre la autoridad civil y el poder espiritual. La verdad religiosa es la óptica de comprensión de la libertad de conciencia. CONCLUSION Al llegar al término de esta investigación la figura de R. Williams, en un principio imprecisa y lejana, adquiere en nuestro ánimo e inte­ ligencia una dimensión de sorprendente actualidad y de exquisita ri­ queza. Después de la comprobación de su vida y de sus escritos nos pare­ cen no sólo posibles sino también perfectamente comprensibles las posturas dispares que los investigadores han adoptado ante la expli­ cación de su personalidad. R. Williams puede ser interpretado desde el juicio apasionado y partidista de los adversarios de su época, cali­ ficándolo de anarquista y desestabilizador de los principios fundamen­ tales de la Reforma protestante. También puede ser aclamado como «defensor de la libertad de conciencia» o «precursor» de las ideas liberales y modernas de nuestros tiempos, leyendo su pensamiento desde una óptica meramente política y social. Asimismo, una aprecia­ ción de los principios inconmovibles de la teología calvinista, que pre­ siden y dan coherencia a toda su obra, puede descubrir en él el perfil 215. Roger Williams se detiene aquí en el análisis de los pasajes de Escri­ tura, alegados por sus adversarios, con el fin de aclarar su pensamiento. 276. R. W il l ia m s , The Bloudy Tenent of Persecution, 425.

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