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LA REFORMA DE LOS ESTUDIOS FILOSOFICOS. 413 Mayo, 15 E l Consejo acuerda obligar, bajo juramento, a cuantos impartían la enseñanza pública, a repudiar las doctrinas del tiranicidio, regicidio y probabilismo, consideradas como típicas de la escuela suprimida 1 y rehabilita la obra Incommoda probabilismi, del dominico L. V. Mas de Casaballs, anteriormente denunciada. E l Consejo reacciona favorablemente al plan reformista de la ense­ ñanza de la medicina — obra de varios catedráticos salmantinos, que le fuera ofrecido por ellos— previa su aprobación en claustro pleno de 20 de noviembre de 1766. Dicho plan entrañaba in nuce una reforma general, al acometer la del estudio basilar de todas las facultades, como era la filosofía 12. Septiembre Carta-Orden (y magna carta) sobre la provisión de cátedras y refor­ ma del sistema oposicional, en la que ha de fundarse en gran medida la renovación de todas las universidades. Como principio de «la época de la relaxación» se supone aquélla en que cesaron los argumentos en las oposiciones, insistiéndose de un modo definitivo en los defectos del sistema aireados ocasionalmente ya en resoluciones anteriores. Con la mira puesta en «restablecer el lustre de las Universidades», se busca 11. Col I. 55 ss. 12. Ib., 60. «E l Doctor D. Juan Martin López, Cathedratico de Anatomía de essa Universidad, ha ocurrido af Consejo personalmente, presentando, y pi­ diendo la aprobación, de un Plan que ha formado junto con D. Juan Agustín de Medina, cuya copia es la adjunta, en virtud de lo resuelto en Claustro pleno, en que se establece el Método, y forma que se deberá observar en adelante, en los Estudios de la Facultad de Medicina, Cirugía, Botanica. y Physica Expe­ rimental; y, en su vista, y de lo expuesto por el Sr. Fiscal, entre otras cosas ha acordado el Consejo que V.S. informe sobre dicho Plan lo que se le ofreciere por lo tocante al Método de estudio en la Facultad de Medicina, añadiendo en este informe el numero actual de Cathedras y su salario, con las horas de enseñanza, para formar concepto de lo que convenga establecer a vista de lo ya establecido». Subrayamos las últimas palabras porque reflejan exactamente el alcance de la prevista reforma, que habría de tener más de renovadora que de revolucionaria. En el plan de medicina aludido vieron pronto algunos claustrales puntos de trascendencia para todas las facultades. Contenía, en el fondo, la espoleta de la reforma a nivel local y sería debaddo largamente a escala de facultad y de claustro pleno (cf. LC 233 [1766-1767] ff. 4 s., 49-53, 56-76, etc.).

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