PS_NyG_1980v027n002p0231_0257

E T IC A Y C R IS T IA N IS M O 235 dernos planteamientos de carácter democrático4, según los cuales la fuente verdadera del poder y de la autoridad, en función de la orga­ nización social, es el pueblo o la colectividad, fuente del derecho y de las leyes. Lo que no implica sin más que Dios haya de ser desplazado en principio, ya que Dios puede seguir estando t:»as la misma colec­ tividad. b) El descubrimiento del imperativo de los derechos humanos, tra­ bajosamente conquistados por la modernidad, y que responde al libre ejercicio que la persona puede hacer de estos derechos sin verse entor­ pecida en el mismo por poderes estatales o religiosos de ningún orden \ Conviene no olvidar aquí que fue el cristianismo el primer movimiento revolucionador de la conciencia que apostó por la persona y por la subjetividad, enfrentando al hombre con la ineludible tarea de deci­ dirse ante Dios y ante el prójimo, en o contra la fe. Al desvelar el significado teológico de la vida humana y el misterio del hombre como interlocutor de Dios, el cristianismo, que esbozó la antropología teo­ lógica de la imago Dei llevándola hasta la filiación divina, sentó las bases de la inviolabilidad e intangibilidad de la persona, algo difícil­ mente imaginable al margen de la tradición judeocristiana, de la tradi­ ción bíblica. c) El descubrimiento del carácter solidario de la humanidad y de la responsabilidad recíproca de los hombres frente a la suerte de unos y de otros. Correlativamente ha cobrado relevancia la desideologización de las estructuras socioeconómicas, religiosamente justificadas en el pa­ sado, que dividen a los hombres en pobres y ricos, gobernantes y go­ bernados. Descubrimiento éste que ha traido consigo la toma de con­ ciencia de la lucha de clases y de la corresponsabilidad ética de la hu­ manidad frente al progreso. Tampoco por lo que se refiere a este punto puede ser olvidado el Evangelio. Jesús proclamó la igualdad de los hombres ante Dios y es proverbial su prohibición de llamar a nadie jefe en sus diversas acepciones (Me 12, 38-39; Mt 23, 7-12; Le 20, 46). d) A estos corrimientos de perspectivas obedece asimismo el paso consiguiente de un objetivismo ético-jurídico al subjetivismo de la valo­ ración de la moralidad de las conductas, pues tras el realce de la 4. Por lo que se refiere al problema de la familia es de particular interés la obra colectiva de M. H orkheimer -E. F rom -T. P arsons , La familia, Barce­ lona 1978. 5. C f. R . S chnur (ed.), Zur Geschichte der Erklarung der Menschenrechte, Darmstadt 1964.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz