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2 4 8 A D O L F O G O N Z A L E Z M O N TE S Un diálogo que tenga en cuenta tanto las oportunas modificaciones operadas en las últimas décadas en el seno de la moral católica, que ha venido esforzándose por reincorporar la moral a una teología de la gracia 23, si se presta al mismo tiempo la atención debida a la mo­ derna investigación de la historia de la teología a propósito de la natu­ raleza pura, según lo ya indicado; un diálogo así avizorado entre el catolicismo y la Reforma dará los resultados apetecidos. Por mi parte al plantear el problema de la relación entre moral y cristianismo he querido dejar bien claras las cosas, y creo que se puede recoger el pensamiento de Tomás y su ética de los fines en un planteamiento de una moral social que queriéndose cristiana no renuncie a la racio­ nalidad. La ética civil como ética de la racionalidad no tiene necesa­ riamente que ser desplazada por una ética confesional de la projimidad que quisiera evitar ver a la Iglesia colocada «a remolque del Estado pagano», al ver cómo ésta se sirve del derecho natural o de su positi­ vidad ética equivalente, tal como esta ética de la projimidad es for­ mulada por el protestantismo. La «ley del prójimo» como respuesta a la justificación, y sólo como tal fundamento de una ética civil hipoteca a ésta en la religión y priva de motivos toda conducta ética marginal a la fe. Mas no sólo esto, una ética civil así hipotecada no cumple otra función salvífica que la de preparar la predicación evangélica según quiere Carlos Barth. Si como ensayo o parábola del Reino (en el mejor de los casos) la sociedad civil se halla regida por la ley del prójimo ratione peccati, como acentuaba Lutero, y ratione evangelii nuntiandi, como insiste Barth, ¿dónde queda aquella autonomía buscada por la Reforma para lo temporal? Sea cual sea la relación intrínseca que el derecho natural diga a la ética de Tomás de Aquino24, ni siquiera la disputa hoy vigente acerca de la legitimidad del derecho natural como base de una ética civil disminuye el alcance de la ética de los fines como ética de la racionalidad en el marco del diálogo entre cristianos y humanistas. Ahora bien, una hipoteca de la ética civilen la religión sólo con dificultad podrá abrirse camino en este diálogo. En los corrimientos de perspectivas señalados al comienzo de estas reflexiones aludíamos a la actual vigencia de los derechos humanos; pues bien, fundar toda la reflexión teológica sobre la doctrina de la 23. Cosa que reconoce explícitamente M eh l, l. c., 49-50. 24. C f. J. Th. C. A r n tz , Concepto de derecho natural dentro del tomismo, en F. B ó c lk le (y otros autores), El derecho natural, Barcelona 1971, 82-112; también A. G. M . van M e ls e n , Naturaleza y moral (ib., 59-81).

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