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3 6 4 MAXIMILIANO PARTOS MARTINEZ N uestra tesis, sin duda arriesgada, conforma una interp retación de la Critica de la razón práctica como eudemonología pura. E l hom bre tiene una única razón pero con dos usos d istin tos: el uso puro especulativo y el uso práctico (que po r ser práctico es puro). E n ambos usos la razón adquiere conocim ientos, que es lo suyo. Con la Crítica de la razón práctica el hom bre amplía el caudal de sus cono­ cim ientos. Sabe más de lo que sabía al term inar la Crítica de la razón pura. P ero con todo este «más» que adquiere en la Crítica de la razón práctica no enm ienda absolutam ente en nada las conclusiones agnós­ ticas de la Crítica de la razón pura. E l dogmatismo práctico — repeti­ mos— deja intacto el agnosticismo especulativo. La conclusión es ob­ via: son dos órdenes de saber d istinto s y, como se trata de saberes racionales, en la distinción de saberes queda implicada la distinción de lógicas. Es una m isma razón, la razón del hom bre, con dos usos d istinto s y con dos lógicas d istin tas. En la clarificación de los dos órdenes «especulativo» y «práctico» (en el sentido kan tiano ) está la clave de la intelección de ambas Críticas y sus m utuas relaciones. El orden especulativo corresponde al orden del ser; el orden práctico, al orden del «deber ser». La Crítica de la razón pura especulativa investiga lo que «es»; la Crítica de la razón práctica, lo que «debe ser». Ambas investigan, pero de m anera radicalm ente d istin ta. Con lógicas distintas. Ya sabemos cuál es la lógica de la razón pura especu­ lativa: la lógica científica, la lógica mecánica, la lógica objetiva. En cambio la de la razón práctica es una lógica subjetiva, b io ló ­ gica, hum ana, la lógica «eudemonológica». Con aquélla se descubre lo que es, o mejor: lo que con aquélla se descubre «es». Con ésta se descubre lo que «debe ser», o mejor: lo que con ésta se descubre no sabemos si «es» o no, lo que sabemos es que «debe ser». Es la lógica de los argum entos eudemonológicos, de los argum entos de ana­ logía, de los argum entos teleológicos. E n el «debe» del «deber ser» de cualquiera de estos argum entos van implícitas dos cosas: 1 ) el hecho real in tuib le de una tendencia, 2 ) la presuposición de un orden absoluto. M erced a ello se concluye lo que «es» d en tro del ám bito del «deber ser». La Crítica de la razón práctica se reduce a cuatro argum entos eude­ monológicos en los que se concluye la existencia «práctica» de la ley moral, la libertad , la inm ortalidad y D ios.

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