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226 ALEJANDRO DE V ILLALM ON TE matemática, y en forma necesaria. Así tenemos que los niños no están dominados por el pecado personal. Hoy día está en discusión el que tengan «pecado original» o estén dominados, personal-individualmente por el «pecado del mundo». Ni vale argumentar: todo hombre, aun el niño, tiene necesidad del Redentor, luego está bajo el dominio pre vio, universal, insuperable del pecado. Y ¿qué otro pecado ha de tener un niño sino el «pecado original» o el «pecado del mundo»? Sabemos que este argumento, tan frecuente en san Agustín, implícito en el Tri- dentino, explícito entre los modernos (incluidos los reformuladores y negadores del p. or. clásico, como P. Schoonenberg y A . Vanneste), no tiene valor probativo. Si alguien está dominado por el pecado (en cualquiera de las formas indicadas) seguro que está en incapacidad so- teriológica y necesitado de Redentor. Pero es segura también esta afir mación: aunque alguien no esté en modo alguno bajo el dominio del pecado, por su condición de creatura ordenada a una Salvación (— So- tería— Dios-Vida eterna) que le es sobrenatural, se encuentra ya en incapacidad soteriológica antecedente radical, óntica, universal, absolu tamente insuperable. De esta incapacidad soteriológica constitutiva sólo le «salva» Cristo Redentor, elevándole al plano del sobrenatural, en el orden enitativo y en el orden dinámico, operacional. Por consiguiente, esta doble afirmación es cierta para nosotros e importante para interpretar el texto de Tr a) Hay en todo hombre una incapacidad soteriológica anterior, más profunda, constitutiva, insuperable que está en él (naturaliter prius) con anterioridad a cualquier imaginable contacto con cualquier forma de pecado. b) Por este motivo también la necesidad de la gracia-Redención es, en todo hombre, anterior, más radical que la proveniente del hecho empírico, contingente, histórico del pecado (personal-original- pecado del mundo). c) Por consiguiente, aunque alguien no tenga ninguna clase de pe cado, todavía está en impotencia soteriológica radical, en radical nece sidad de la gracia-Redención. Incapacidad que le viene de su «condi ción creatural-ordenada-al-Fin-So¿>re«tf/«rtf/». d) Cuando el hombre cae bajo el dominio del pecado (personal- original-pecado del mundo) adquiere otro nuevo título para hablar en él de incapacidad soteriológica-necesidad de la gracia-necesidad de Re dentor. Pero, aun entonces hay que decir que ese hombre empecatado necesita del Redentor-de la gracia-está en incapacidad soteriológica
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