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226 ALEJANDRO DE V ILLALM ON TE matemática, y en forma necesaria. Así tenemos que los niños no están dominados por el pecado personal. Hoy día está en discusión el que tengan «pecado original» o estén dominados, personal-individualmente por el «pecado del mundo». Ni vale argumentar: todo hombre, aun el niño, tiene necesidad del Redentor, luego está bajo el dominio pre­ vio, universal, insuperable del pecado. Y ¿qué otro pecado ha de tener un niño sino el «pecado original» o el «pecado del mundo»? Sabemos que este argumento, tan frecuente en san Agustín, implícito en el Tri- dentino, explícito entre los modernos (incluidos los reformuladores y negadores del p. or. clásico, como P. Schoonenberg y A . Vanneste), no tiene valor probativo. Si alguien está dominado por el pecado (en cualquiera de las formas indicadas) seguro que está en incapacidad so- teriológica y necesitado de Redentor. Pero es segura también esta afir­ mación: aunque alguien no esté en modo alguno bajo el dominio del pecado, por su condición de creatura ordenada a una Salvación (— So- tería— Dios-Vida eterna) que le es sobrenatural, se encuentra ya en incapacidad soteriológica antecedente radical, óntica, universal, absolu­ tamente insuperable. De esta incapacidad soteriológica constitutiva sólo le «salva» Cristo Redentor, elevándole al plano del sobrenatural, en el orden enitativo y en el orden dinámico, operacional. Por consiguiente, esta doble afirmación es cierta para nosotros e importante para interpretar el texto de Tr a) Hay en todo hombre una incapacidad soteriológica anterior, más profunda, constitutiva, insuperable que está en él (naturaliter prius) con anterioridad a cualquier imaginable contacto con cualquier forma de pecado. b) Por este motivo también la necesidad de la gracia-Redención es, en todo hombre, anterior, más radical que la proveniente del hecho empírico, contingente, histórico del pecado (personal-original- pecado del mundo). c) Por consiguiente, aunque alguien no tenga ninguna clase de pe­ cado, todavía está en impotencia soteriológica radical, en radical nece­ sidad de la gracia-Redención. Incapacidad que le viene de su «condi­ ción creatural-ordenada-al-Fin-So¿>re«tf/«rtf/». d) Cuando el hombre cae bajo el dominio del pecado (personal- original-pecado del mundo) adquiere otro nuevo título para hablar en él de incapacidad soteriológica-necesidad de la gracia-necesidad de Re­ dentor. Pero, aun entonces hay que decir que ese hombre empecatado necesita del Redentor-de la gracia-está en incapacidad soteriológica

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