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210 ALEJANDRO DE VILLALMONTE 4. Los motivos de la elección tridentina hay que buscarlos a un nivel meramente práctico. El problema venía enfocado así desde siglos, desde la controversia antipelagiana, que Tr. tanto tuvo a la vista. Los adversarios con quienes dialogaba o polemizaba Tr. se movían de la consabida perspectiva bamartiológica. Resultaba complicado el entrar a discutir más a fondo la cuestión, ya que ello tampoco afectaba a los fundamentos de la fe que ahora se querían salvaguardar. Por lo demás, los teólogos asistentes al concilio aceptaron dicha perspectiva como prácticamente buena, satisfactoria para la defensa de los fundamentos de la fe. Si bien, en teoría, la mayor parte de ellos interpretaban la necesidad de la redención, de la gracia y la misma impotencia soterio- lógica del hombre en otra perspectiva distinta. Al menos cuando que rían hacer teología especulativa. Pero durante la reunión conciliar no era el momento de hacerla. 5. Como decíamos antes, el legítimo pluralismo teológico es ahora incluso más complicado que en tiempos del Tridentino y más mati zado. Además, ahora nos podemos desembarazar de aquellos presu puestos culturales, exegéticos, sistemático-teológicos que condicionaban la opción de Tr. y su forma de expresar su fe. Por tanto, estamos en plena franquía para acercarnos a la comprensión y vivencia del Kerigma salvífico del NT por otros caminos que Tr. no quiso recorrer. El lector competente juzgará si, con una teología distinta de la utilizada por Tr., puede el teólogo de hoy llegar a comprender y ex presar ortodoxamente la misma fe en el Kerigma salvador del NT. 6 . El decreto tridentino como "precepto doctrinal” No entra en nuestro propósito hacer un análisis demorado sobre el lenguaje de Tr . 46. Pero sí nos vamos a fijar en algunas expresiones clave cuya comprensión y alcance significativo es indispensable tener en cuenta para una comprensión correcta del texto conciliar. En se guida pasaremos a una ulterior determinación del género literario espe cífico de este texto, para deducir las consecuencias pertinentes en orden a la reinterpretación del mismo que ahora se busca. 46. Este análisis va más o menos implícito en los comentaristas e intérpre tes de decreto tridentino ya citados, pp. 6, 19 y notas 8 y 22.
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